Administración Local. Tarragona. Ayuntamiento De Deltebre. (BOE-N-2025-320437)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento incoación sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Sexto. Acordar la tramitación simplificada del procedimiento sancionador tal y como
establece el artículo 96 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y prescindir del pliego de cargos
por la suficiencia de elementos existentes en la cualificación de los hechos.
Séptimo. Trasladar este acuerdo al instructor del expediente para que formule la
propuesta de resolución en el plazo máximo de 10 días.
Octavo. Considerar que el incumplimiento del deber legal de conservación es
susceptible de ser tipificado como una infracción leve del artículo 14 de la Ordenanza
número 14 reguladora de la conservación, limpieza y cerramiento de solares y terrenos y
de la pavimentación de aceras, que se sanciona con una multa de 25 euros.
Noveno. Conceder al interesado el plazo de 10 días, contadores a partir del día
siguiente a la notificación, para que pueda examinar el expediente y alegar lo que
considere oportuno en defensa de sus derechos e intereses, en relación a la incoación
del procedimiento para dictar órdenes de ejecución y en relación a la incoación del
procedimiento sancionador conjuntamente con la propuesta de resolución.
Décimo. Notificar el presente acuerdo, junto con la propuesta de resolución (artículo
18.3 del Decreto 278/1993, de 9 de noviembre) a los propietarios del inmueble
referenciado por su condición de interesados y responsables".
Deltebre, 30 de abril de 2025.- El secretario accidental, David Torres Fabra
cve: BOE-N-2025-1dc5736623995849089da03c3c22113705376fc3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Sexto. Acordar la tramitación simplificada del procedimiento sancionador tal y como
establece el artículo 96 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y prescindir del pliego de cargos
por la suficiencia de elementos existentes en la cualificación de los hechos.
Séptimo. Trasladar este acuerdo al instructor del expediente para que formule la
propuesta de resolución en el plazo máximo de 10 días.
Octavo. Considerar que el incumplimiento del deber legal de conservación es
susceptible de ser tipificado como una infracción leve del artículo 14 de la Ordenanza
número 14 reguladora de la conservación, limpieza y cerramiento de solares y terrenos y
de la pavimentación de aceras, que se sanciona con una multa de 25 euros.
Noveno. Conceder al interesado el plazo de 10 días, contadores a partir del día
siguiente a la notificación, para que pueda examinar el expediente y alegar lo que
considere oportuno en defensa de sus derechos e intereses, en relación a la incoación
del procedimiento para dictar órdenes de ejecución y en relación a la incoación del
procedimiento sancionador conjuntamente con la propuesta de resolución.
Décimo. Notificar el presente acuerdo, junto con la propuesta de resolución (artículo
18.3 del Decreto 278/1993, de 9 de noviembre) a los propietarios del inmueble
referenciado por su condición de interesados y responsables".
Deltebre, 30 de abril de 2025.- El secretario accidental, David Torres Fabra
cve: BOE-N-2025-1dc5736623995849089da03c3c22113705376fc3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109