Otros Entes. (BOE-N-2025-321355)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento gestionado por Mutualia, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 2, relativo a la prestación de cese de actividad y trabajo por cuenta propia establecida como consecuencia del COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 9

30/2020, de 29 de septiembre, y solicitada por su parte, considerando que no ha
acreditado la reducción en la facturación durante el cuarto trimestre del año 2020, de al
menos el 75 por ciento, en relación con el mismo periodo del año 2019, y teniendo en
cuenta también que, a efectos de acreditación del requisito de facturación alegado por el
trabajador recurrente, previsto en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley
30/2020, de 29 de septiembre, no se cumple tampoco ni se produjo la previsión prevista
en la antes citada Disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 3/2021, de 2 de
febrero, ya que, el número medio diario de trabajadores con actividad afiliados al sistema
de la Seguridad Social en la actividad económica con CNAE 4759, en la que constaba
afiliado y de alta el trabajador autónomo con DNI 16246991K, durante el período al que
corresponde la prestación, no fue inferior en más de un 7,5 por ciento al número medio
diario correspondiente al segundo semestre de 2019.
A fin de determinar la reducción en la facturación durante el cuarto trimestre del año
2020, de al menos el 75 por ciento, en relación con el mismo periodo del año 2019 del
DNI 16246991K, tomamos como fuente de información económica los Libros de Registro
de Operaciones Económicas (LROE) del ejercicio 2019 y el de 2020.
En atención a los Libros de Registro de Operaciones Económicas (LROE) de los
ejercicios de 2019 y 2020, comprobamos que la facturación obtenida por el DNI
16246991K en el cuarto trimestre de 2020 es de 33.842,35 euros, mientras que en el
mismo período de 2019 la facturación asciende a 66.410,93. Ello implica que la
reducción de facturación que se produjo en el cuarto trimestre de 2020 con respecto al
mismo trimestre de 2019, fue de un 49,04%
De las autoliquidaciones de IVA de los ejercicios 2019 y 2020 aportadas, extraemos
que los importes varían. En el cuarto trimestre de 2019 la facturación asciende a
58.056,93 euros mientras que en el mismo período de 2020 la facturación es de
24.936,24 euros. Ello implica que la reducción de facturación que se produjo en el cuarto
trimestre de 2020 con respecto al mismo trimestre de 2019, fue de un 57,05%
Por ello, el DNI 16246991K no acredita cumplir con el requisito de haber sufrido una
reducción en la facturación durante el cuarto trimestre del año 2020, de al menos el 75%,
en relación con el mismo periodo del año 2019.
En definitiva, y teniendo en cuenta todo lo hasta aquí expuesto, entendemos que, el
DNI 16246991K, no acredita el cumplimiento de los requisitos legales exigibles para
causar derecho a la prestación por cese de actividad solicitada por su parte, de lo que
resulta que ha percibido indebidamente un importe total 5.283,21 euros, en concepto de
prestación por cese de actividad, que por lo tanto procede reintegre a esta entidad en
virtud de lo dispuesto en el artículo 55.1 de la LGSS.
En virtud de lo expuesto, esta Entidad emite el siguiente:
:: ACUERDO: :
1º.- A la vista de todo lo hasta aquí expuesto, esta Mutua Colaboradora con la
Seguridad Social acuerda desestimar la reclamación previa interpuesta por el DNI
16246991K, confirmando por consiguiente la denegación del reconocimiento del derecho
al abono de la prestación por cese de actividad prevista en la Disposición adicional
cuarta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, al entender que no se
acredita el cumplimiento de la situación legal declarada por el trabajador acorde a lo
previsto y establecido por la normativa vigente.
2º.- Por ello, y teniendo en cuenta que, desde esta entidad, se le ha abonado al DNI
16246991K, un importe total de 5.283,21euros en concepto de prestación por cese de
actividad, correspondiente al período del 05 de noviembre de 2020 al 31 de enero de
2021, procede declarar que, el DNI 16246991K, ha percibido indebidamente un importe
total de 5.283,21euros en concepto de prestación por cese de actividad, importe que, por

cve: BOE-N-2025-5cef1b8bfc4ef6c5a6a946a425411fe2c93ca98c
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Núm. 109