Otros Entes. (BOE-N-2025-321355)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento gestionado por Mutualia, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 2, relativo a la prestación de cese de actividad y trabajo por cuenta propia establecida como consecuencia del COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

Sin embargo, el DNI 16246991K no acredita cumplir con la reducción de la
facturación legalmente exigida para causar derecho a la prestación en el período de
referencia.
5º.- Teniendo en cuenta lo anterior, y el expediente tramitado en relación al DNI
16246991K, mi representada concluyó que no se acreditaba que, el DNI 16246991K, se
encontrase en la situación legal por cese de actividad por él declarada, por lo que desde
esta Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, en el ejercicio de las competencias
legales que tiene atribuidas, en fecha 14 de octubre de 2024, se emitió acuerdo motivado
denegando al DNI 16246991K el derecho a la prestación económica por cese de
actividad, prevista en la Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29
de septiembre, que se le concedió en el año 2020 con carácter provisional, y
simultáneamente se declaraba que, el DNI 16246991K, había percibido indebidamente
prestación por cese de actividad por un importe total de 5.283,21euros, cuantía que por
lo tanto procede reintegre a esta Entidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 55.1 de
la LGSS.
En concreto, en dicho acuerdo, se informó al DNI 16246991K de que, el motivo por el
que se le denegaba el derecho a la referida prestación era el siguiente:
No quedar acreditada la reducción en la facturación, al menos, en un 75%.
6º.- Con fecha 05 de noviembre de 2024, tuvo entrada en esta Mutua comunicación
con valor de reclamación previa formulada por el DNI 16246991K, mostrando su
disconformidad con el acuerdo emitido por esta Mutua en fecha 14 de octubre de 2024,
por el que se le deniega el derecho a la prestación por cese de actividad, prevista en la
Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. En
dicha comunicación indica que, a fecha de la presente reclamación previa, se encuentra
jubilado con una pequeña pensión.
El DNI 16246991K no aporta mayor documentación a la ya aportada en el trámite de
audiencia.
A los citados hechos son de aplicación los siguientes:
:: F U N D A M E N T O S L E G A L E S: :
PRIMERO.- En el apartado primero de la Disposición adicional cuarta del Real
Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo,
se regula la posibilidad de que, los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo la
prestación por cese de actividad prevista en el artículo 9 del Real Decreto-ley 24/2020,
de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo
autónomo y de competitividad del sector industrial, pudieran continuar percibiéndola
hasta el 31 de enero de 2021, siempre que durante el cuarto trimestre del año 2020
mantuvieran los requisitos que se establecieron para su concesión.
Asimismo, el mismo apartado primero de la referida Disposición, en su párrafo
segundo, prevé que, los trabajadores autónomos que no hubieran percibido dicha
prestación durante el tercer trimestre de 2020, pudieran solicitar la prestación por cese
de actividad prevista en el artículo 327 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
siempre que concurrieran los requisitos establecidos en los apartados a), b), d) y e) del
artículo 330.1 de la norma, así como una serie de requisitos adicionales que el propio
precepto establece, y hubieran percibido hasta el 30 de junio, la prestación extraordinaria
por cese de actividad prevista en el artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de
marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y
social del COVID-19.
Según lo dispuesto por el artículo 330.1 de la LGSS, apartados a), b), d) y e), los
autónomos debían cumplir los siguientes requisitos:

cve: BOE-N-2025-5cef1b8bfc4ef6c5a6a946a425411fe2c93ca98c
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Núm. 109