Administración Local. Ciudad Real. Ayuntamiento De Tomelloso. (BOE-N-2025-319732)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Edicto sobre no procedencia de solicitud de Inscripción padronal de don A.E.M.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Edicto sobre no
procedencia de solicitud de Inscripción padronal de don A.E.M.
ID: N2500321185
EDICTO
Intentada notificación y no habiéndose podido practicar, por causas ajenas a este
Ayuntamiento, se da publicidad de resolución de alcaldía de fecha 23 de abril de 2025,
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el siguiente
tenor:
“Vista la instancia de Solicitud de Inscripción Padronal presentada en el Registro
General de este Ayuntamiento con fecha 10 de febrero de 2025, a nombre de don
ABDELMAOULA EL MOUDAN.
Considerando el artículo 17.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local que dice:
“Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para
mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos
concuerden con la realidad. (….)”
Considerando el apartado 1.10 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, donde se dice que:
“antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el
Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará
los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados
en la solicitud, dictando la correspondiente resolución”
(...)
Visto que en la vivienda sita en la calle Asunción Cepeda, ** figuran muchas
personas empadronadas, se solicita Informe a la Policía Local.
Visto el Informe de Policía Local, de 09 de abril de 2025, donde se indica que don
ABDELMAOULA EL MOUDAN no reside el domicilio indicado en su solicitud, en la calle
Asunción Cepeda, **. Residiendo otras personas el dicho domicilio.
En virtud de las facultades que me atribuye el artículo 21.s de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
No acceder a la solicitud de Inscripción Padronal de don ABDELMAOULA EL
MOUDAN en el domicilio sito en calle Asunción Cepeda, **.
cve: BOE-N-2025-90ea22ae26eb944d74836f7b988c3f963366853e
Verificable en https://www.boe.es
(...)
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CIUDAD REAL
AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento Edicto sobre no
procedencia de solicitud de Inscripción padronal de don A.E.M.
ID: N2500321185
EDICTO
Intentada notificación y no habiéndose podido practicar, por causas ajenas a este
Ayuntamiento, se da publicidad de resolución de alcaldía de fecha 23 de abril de 2025,
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el siguiente
tenor:
“Vista la instancia de Solicitud de Inscripción Padronal presentada en el Registro
General de este Ayuntamiento con fecha 10 de febrero de 2025, a nombre de don
ABDELMAOULA EL MOUDAN.
Considerando el artículo 17.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local que dice:
“Los Ayuntamientos realizarán las actuaciones y operaciones necesarias para
mantener actualizados sus Padrones de modo que los datos contenidos en éstos
concuerden con la realidad. (….)”
Considerando el apartado 1.10 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, donde se dice que:
“antes de proceder al alta, o a la modificación de datos en el Padrón, el
Ayuntamiento, presentada la correspondiente solicitud por parte del interesado, ordenará
los actos de trámite necesarios para comprobar la veracidad de los datos consignados
en la solicitud, dictando la correspondiente resolución”
(...)
Visto que en la vivienda sita en la calle Asunción Cepeda, ** figuran muchas
personas empadronadas, se solicita Informe a la Policía Local.
Visto el Informe de Policía Local, de 09 de abril de 2025, donde se indica que don
ABDELMAOULA EL MOUDAN no reside el domicilio indicado en su solicitud, en la calle
Asunción Cepeda, **. Residiendo otras personas el dicho domicilio.
En virtud de las facultades que me atribuye el artículo 21.s de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
No acceder a la solicitud de Inscripción Padronal de don ABDELMAOULA EL
MOUDAN en el domicilio sito en calle Asunción Cepeda, **.
cve: BOE-N-2025-90ea22ae26eb944d74836f7b988c3f963366853e
Verificable en https://www.boe.es
(...)