Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Palomares Del Río. (BOE-N-2025-320418)
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento de comunicación trámite de audiencia expediente de baja de oficio en padrón de habitantes ciudadanos extranjeros sin autorización de residencia permanente (NO_ENCSARP) no inscritos en el Registro Central de Extranjeros. Expte. 578/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PALOMARES DEL RÍO
Anuncio de notificación de 30 de abril de 2025 en procedimiento de comunicación trámite
de audiencia expediente de baja de oficio en padrón de habitantes ciudadanos
extranjeros sin autorización de residencia permanente (NO_ENCSARP) no inscritos en el
Registro Central de Extranjeros. Expte. 578/2025.
ID: N2500321378

Se pone en conocimiento de los interesados a continuación relacionados que con
fecha 16 de marzo de 2025 se dictó Resolución de Alcaldía n.º 2025-0379 con el
siguiente tenor literal:
“De conformidad con el punto 4 de la Resolución de 28 de abril de 2005 de la
Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y, del Director General de Cooperación
Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el
procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los
extranjeros Comunitarios no inscritos en el Registro Central de Extranjeros.
Visto el listado de errores del mes marzo de 2025 emitido por el Instituto Nacional de
Estadística, en el que comunica los ciudadanos extranjeros sin autorización de
residencia permanente (NO_ENCSARP) no inscritos en el Registro Central de
Extranjeros ), que deben confirmar su deseo de continuar inscritos en el Padrón
Municipal de Habitantes de este Municipio y que a continuación se relacionan, están
indebidamente empadronados en las viviendas sitas en las direcciones descritas, al no
residir en la misma.
Documento Nacionalidad Dirección
YB7723037 ITALIA

F. Caduc.

Cl. Cruz del Sur n.º 1 30/06/2025

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el art. 72 de
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado
por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y modificado por el Real Decreto
2612/1996, de 20 de diciembre, en ejercicio de las competencias que me han sido
conferidas esta Alcaldía resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente de baja de oficio de a los afectados.
SEGUNDO.- Notificar la apertura de expediente, y dar audiencia a los afectados
durante un plazo de 10 días a los afectados para que manifiesten si están o no de
acuerdo con la baja en el Padrón de Habitantes, pudiendo alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Para más información puede
contactar telefónicamente con el encargado de Padrón de Habitantes en el número
637.960.567.
TERCERO.- Ordenar a la Policía Local su personación en los domicilios indicados
con el fin de elaborar informe comprensivo de todas las circunstancias concurrentes.
CUARTO.- Elevar el expediente, con el Certificado de la Secretaria General, al
Consejo de Empadronamiento, en el caso de que el denunciado no efectuara la

cve: BOE-N-2025-d6fb5a4f0ee2f92e191815c6398a4160e9c35439
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 109