Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Santa Coloma De Gramenet. (BOE-N-2025-319578)
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento solicitudes desestimadas de inscripción sin domicilio fijo en el Padrón Municipal de Habitantes de Santa Coloma de Gramenet.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento solicitudes
desestimadas de inscripción sin domicilio fijo en el Padrón Municipal de Habitantes de
Santa Coloma de Gramenet.
ID: N2500319863

EDICTO
De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se
notifica a las personas que se relacionan a continuación que se ha dictado resolución
desestimatoria de las solicitudes de alta sin domicilio fijo en el Padrón Municipal de
Habitantes de Santa Coloma de Gramenet y se ignora el lugar de la notificación o no se
les ha podido notificar en el domicilio que designaron a pesar de haberse intentado
individualmente.
La desestimación de las solicitudes se fundamenta en que, de conformidad con la
Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la
Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de
Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se
dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal,
en los expedientes tramitados consta informe de la Jefa de Servicio de Atención a la
Infancia y a las Familias en el que se indica que estas personas no están en seguimiento
o bien tienen expediente cerrado por parte de los Servicios Sociales básicos del
municipio de Santa Coloma de Gramenet, por lo que no queda acreditada la residencia
habitual en el mismo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer
recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de
Barcelona, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación,
de conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su notificación. Así mismo, se podrá interponer cualquier otro recurso que se
estime conveniente.
Lo que se comunica en cumplimiento de lo que dispone el artículo 194 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
Anexo
EXPEDIENTE

SOLICITANTE

SDF2025_098 122598042

cve: BOE-N-2025-d6cc4309dbcfe1511adf08ef359879bd274ff78c
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Núm. 109