Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-320344)
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 2

pérgola de 6,5 m2 de superficie aproximada, techada y adosada a la pérgola metálica
que constituiría una nueva infracción no contemplada en este procedimiento.
(…)
SEGUNDO.- Solicitado informe a la Sección Técnica de Edificación en relación a la
construcción de una tercera pérgola en la localización de referencia, se emite informe
con fecha 21 de marzo de 2025 en los siguientes términos:
“En relación con el asunto de referencia, el técnico que suscribe informa lo siguiente:
1. CONDICIONES URBANISTICAS
Los terrenos afectados por las actuaciones denunciadas presentan, de acuerdo con
el planeamiento vigente, las siguientes condiciones urbanísticas de clasificación, tipo de
ordenación y calificación:
Clasificación del suelo: SUELO URBANO.
Tipo de ordenación: EDIFICACIÓN AISLADA.
Calificación del suelo: ZONA 5 (Bloques aislados).
2. DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS/ACTUACIONES/INSTALACIONES
Descripción: De la documentación obrante en el expediente y la visita realizada por
esta técnico el 22 de noviembre de 2024, se determina que, a falta de poder acceder al
inmueble, y de lo que desde la vía pública puede observarse, las actuaciones consisten
en:
Instalación de pérgola de madera techada.
Superficies/dimensiones (aproximadas): 6,50 m2.
Calificación de la obra/actuación: Obra mayor.
Antecedentes administrativos: No consta la existencia de título/s habilitante/s que
ampare/n la ejecución de la obra/actuación descrita.
3. TIPO Y DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 372 y siguientes de la Ley 4/2017, de
13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en atención
a los datos que obran el expediente, las actuaciones denunciadas son constitutivas de
una presunta infracción consistente en:
Descripción:
Realización de la obra/actuación descrita en el apartado anterior sin la cobertura
formal de los títulos de intervención administrativa habilitantes (art. 372.3.a LSENPC).
Afectaciones territoriales/sectoriales de la actuación:
La actuación se desarrolla en el ámbito espacial afectado por la servidumbre
aeronáutica del Aeropuerto de Tenerife Sur. No obstante, la intervención no conlleva la
generación de un obstáculo que penetre en dicha servidumbre, puesto que se desarrolla
en el interior de un inmueble existente, sin incremento de su altura.
4. VALORACIÓN DE LAS OBRAS/ACTUACIONES/INSTALACIONES
La valoración de las obras/actuaciones/instalaciones ejecutadas asciende a la
cantidad MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON TREINTA Y CUATRO
CENTIMOS (1.731,34 €). Dicha valoración, de carácter estimativo, ha sido obtenida
empleando como referencia los precios de la base de datos CIEC 2023, para la

cve: BOE-N-2025-9948b01cb26f0d5ea286ed7c379a32b4ab68c56e
Verificable en https://www.boe.es

Tipo: General (art. 372 LSENPC).