Administración Local. Girona. Ayuntamiento De Sant Gregori. (BOE-N-2025-319778)
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento de Baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de habitantes de Sant Gregori.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIRONA
AYUNTAMIENTO DE SANT GREGORI
Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimiento de Baja de oficio por
inscripción indebida en el Padrón Municipal de habitantes de Sant Gregori.
ID: N2500319154

Visto el expediente incoado en virtud de resolución de la Alcaldía de este
ayuntamiento de fecha 20 de febrero de 2025 para resolver la baja del padrón de
habitantes del municipio, por inscripción indebida, de las personas que no cumplen con
el requerimiento de residencia del artículo 54 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de los entes locales, aprobado por Real Decreto 141/2024, de 6
de febrero.
En virtud de las facultades que me atribuye la legislación de Régimen Local vigente,
dispongo:
PRIMERO.- Declarar la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio,
por no haber manifestado si estaba o no de acuerdo con la misma, las personas
siguientes:
Documento Nombre y Apellidos
Y4748083T
Y2668652E
Y4754575Y

Si desea impugnar esta resolución, debe interponer recurso contencioso
administrativo ante la Jurisdicción contencioso administrativa en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su notificación.
Alternativamente y de forma potestativa, se puede interponer recurso de reposición
ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación.
También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere adecuado y
que sea procedente de conformidad con la normativa vigente.
Sant Gregori, 29 de abril de 2025.- Joaquim Roca i Ventura (Alcalde)

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-a163eab142f16daabf7de4962a9bcc6d7609f608
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SEGUNDO.- Determinar como fecha efectiva de la Baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que la
normativa actual prevé.