Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Iurreta. (BOE-N-2025-319599)
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimientos de incoación de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE IURRETA
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimientos de incoación de los
expedientes sancionadores por infracciones de tráfico.
ID: N2500317612
Anuncio para notificar el acuerdo de incoación de los expedientes sancionadores por
infracciones de tráfico
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, mediante este anuncio se
notifica la incoación de los procedimientos sancionadores que a continuación se
relacionan, después de haberse intentado, sin efecto, la notificación personal de las
denuncias por infracción de la normativa de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe de
servir este anuncio de notificación individual, informándole asimismo de que:
1.- Las personas relacionadas en este anuncio son consideradas responsables de
las infracciones que se describen, por lo que dentro del plazo de 20 días naturales
siguientes a la publicación del presente anuncio podrán comparecer en la oficina de la
Policía Municipal de este Ayuntamiento al objeto de solicitar el expediente y alegar
cuanto consideren conveniente a su defensa, así como proponer las pruebas que
estimen oportunas, todo ello mediante escrito de descargo dirigido al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento.
En el supuesto de no presentar el escrito de alegaciones en el plazo que se ha
señalado, la notificación de la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador en los supuestos previstos en el art. 95.4 R.D.L. 6/2015.
2.- Si el titular del vehículo denunciado no es autor de la infracción, deberá identificar
en el plazo de 20 días naturales al responsable de la infracción, con la advertencia de
que la no identificación o la identificación incompleta será considerada como infracción
muy grave a la que corresponde una sanción que será el doble de la prevista para la
infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o
muy grave.
En los expedientes sancionadores iniciados por infracción del artículo 77.j), 11.1.A
del R.D.L. 6/2015, de 30 de octubre, no se aplicará el párrafo anterior.
3.- Según la Ordenanza Municipal reguladora del tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, actuará como instructor del expediente un Funcionario Municipal,
nombrado por Decreto de Alcaldía nº 844, de 7 de julio de 2008, siendo el Alcalde Presidente el órgano competente para dictar la resolución sancionadora.
4.- Una vez publicado este anuncio y durante los 20 días naturales siguientes, podrá
pagar la multa propuesta con una reducción del 50%, excepto en aquellos supuestos
establecidos en el artículo 93.2 y 11.1.A del R.D.L. 6/2015, en cualquier sucursal de
cve: BOE-N-2025-986e30771fb6f92235fc812b55830b7a9e63b440
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE IURRETA
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimientos de incoación de los
expedientes sancionadores por infracciones de tráfico.
ID: N2500317612
Anuncio para notificar el acuerdo de incoación de los expedientes sancionadores por
infracciones de tráfico
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, mediante este anuncio se
notifica la incoación de los procedimientos sancionadores que a continuación se
relacionan, después de haberse intentado, sin efecto, la notificación personal de las
denuncias por infracción de la normativa de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial.
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados a quienes debe de
servir este anuncio de notificación individual, informándole asimismo de que:
1.- Las personas relacionadas en este anuncio son consideradas responsables de
las infracciones que se describen, por lo que dentro del plazo de 20 días naturales
siguientes a la publicación del presente anuncio podrán comparecer en la oficina de la
Policía Municipal de este Ayuntamiento al objeto de solicitar el expediente y alegar
cuanto consideren conveniente a su defensa, así como proponer las pruebas que
estimen oportunas, todo ello mediante escrito de descargo dirigido al Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento.
En el supuesto de no presentar el escrito de alegaciones en el plazo que se ha
señalado, la notificación de la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del
procedimiento sancionador en los supuestos previstos en el art. 95.4 R.D.L. 6/2015.
2.- Si el titular del vehículo denunciado no es autor de la infracción, deberá identificar
en el plazo de 20 días naturales al responsable de la infracción, con la advertencia de
que la no identificación o la identificación incompleta será considerada como infracción
muy grave a la que corresponde una sanción que será el doble de la prevista para la
infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple, si es infracción grave o
muy grave.
En los expedientes sancionadores iniciados por infracción del artículo 77.j), 11.1.A
del R.D.L. 6/2015, de 30 de octubre, no se aplicará el párrafo anterior.
3.- Según la Ordenanza Municipal reguladora del tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, actuará como instructor del expediente un Funcionario Municipal,
nombrado por Decreto de Alcaldía nº 844, de 7 de julio de 2008, siendo el Alcalde Presidente el órgano competente para dictar la resolución sancionadora.
4.- Una vez publicado este anuncio y durante los 20 días naturales siguientes, podrá
pagar la multa propuesta con una reducción del 50%, excepto en aquellos supuestos
establecidos en el artículo 93.2 y 11.1.A del R.D.L. 6/2015, en cualquier sucursal de
cve: BOE-N-2025-986e30771fb6f92235fc812b55830b7a9e63b440
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Núm. 109