Administración Local. Gipuzkoa. Ayuntamiento De Pasaia. (BOE-N-2025-319773)
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento notificación de providencia de apremio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE PASAIA
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento notificación de
providencia de apremio.
ID: N2500317199
Habiéndose intentado sin efecto notificar la Providencia de Apremio de los
Procedimientos Sancionadores cuyos Nº de expedientes se indican a continuación, se
procede a su práctica mediante el presente anuncio según disponen los art. 44 y 45 de la
Ley 392015, de 1 de octubre. Por el presente anuncio se cita a las personas, obligados
tributarios o representantes que se relacionan en el anexo adjunto, para ser notificados
por comparecencia de los actos administrativos que en el mismo se incluyen. Los
interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo
de quince días naturales, contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletin
Oficial de Estado.
Trancurrido el referido plazo sin que los interesados hayan comparecido, se
entenderán efectuadas las notificaciones desde el día siguiente, al del vencimiento del
plazo señalado para comparecer.
Los expedientes en su totalidad, se encuentran a su disposición en la oficina del SAC
de Donibane del Ayuntamiento de Pasaia.
Una vez finalizado el período voluntario de ingreso, y devengados los recargos del
periodo ejecutivo, en aplicación de los artículos 28 y 171 de la Norma Foral 2/2005 de 8
de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ACUERDO:
Primero: Practicar liquidación del 20% de la deuda no ingresada en periodo
voluntario, en concepto de recargo del periodo ejecutivo.
Segundo: Requerir al obligado para que en el plazo de un mes desde la notificación
de esta Providencia, efectúe el pago del total de la deuda no ingresada en periodo
voluntario más el 5% de este importe, en concepto de recargo de apremio reducido.
Tercero: Ordenar que si en el plazo indicado no se produce el pago del importe total
requerido, se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir el importe
total de la deuda, que incluye el recargo de apremio ordinario del 20% los intereses de
demora y las costas del procedimiento.
Dictar Providencia de Apremio en relación con los procedimientos y por cada una de
las deudas incluidas en la siguiente relación, y disponer se proceda ejecutivamente
contra el patrimonio de los deudores en la forma dispuesta en el RRTHG.
Contra estas providencias de apremio pueden interponer recurso de reposición ante
el Jefe de servicio de Recaudación en el plazo de un mes, contado desde la publicación
de dicho acuerdo, o bien podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administratvo de Donostia-San Sebastián en el plazo de dos
meses.
cve: BOE-N-2025-cc33cfa1c6733d272b481e45c9d65d46e7f458c5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE PASAIA
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento notificación de
providencia de apremio.
ID: N2500317199
Habiéndose intentado sin efecto notificar la Providencia de Apremio de los
Procedimientos Sancionadores cuyos Nº de expedientes se indican a continuación, se
procede a su práctica mediante el presente anuncio según disponen los art. 44 y 45 de la
Ley 392015, de 1 de octubre. Por el presente anuncio se cita a las personas, obligados
tributarios o representantes que se relacionan en el anexo adjunto, para ser notificados
por comparecencia de los actos administrativos que en el mismo se incluyen. Los
interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo
de quince días naturales, contados desde el siguiente al de su publicación en el Boletin
Oficial de Estado.
Trancurrido el referido plazo sin que los interesados hayan comparecido, se
entenderán efectuadas las notificaciones desde el día siguiente, al del vencimiento del
plazo señalado para comparecer.
Los expedientes en su totalidad, se encuentran a su disposición en la oficina del SAC
de Donibane del Ayuntamiento de Pasaia.
Una vez finalizado el período voluntario de ingreso, y devengados los recargos del
periodo ejecutivo, en aplicación de los artículos 28 y 171 de la Norma Foral 2/2005 de 8
de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, ACUERDO:
Primero: Practicar liquidación del 20% de la deuda no ingresada en periodo
voluntario, en concepto de recargo del periodo ejecutivo.
Segundo: Requerir al obligado para que en el plazo de un mes desde la notificación
de esta Providencia, efectúe el pago del total de la deuda no ingresada en periodo
voluntario más el 5% de este importe, en concepto de recargo de apremio reducido.
Tercero: Ordenar que si en el plazo indicado no se produce el pago del importe total
requerido, se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir el importe
total de la deuda, que incluye el recargo de apremio ordinario del 20% los intereses de
demora y las costas del procedimiento.
Dictar Providencia de Apremio en relación con los procedimientos y por cada una de
las deudas incluidas en la siguiente relación, y disponer se proceda ejecutivamente
contra el patrimonio de los deudores en la forma dispuesta en el RRTHG.
Contra estas providencias de apremio pueden interponer recurso de reposición ante
el Jefe de servicio de Recaudación en el plazo de un mes, contado desde la publicación
de dicho acuerdo, o bien podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administratvo de Donostia-San Sebastián en el plazo de dos
meses.
cve: BOE-N-2025-cc33cfa1c6733d272b481e45c9d65d46e7f458c5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109