Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Ceuta. Consejería De Fomento, Medio Ambiente Y Servicios Urbanos. (BOE-N-2025-319341)
Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE CEUTA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500313980
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no se hayan podido practicar se harán por medio de anuncio en el
Boletín Oficial del Estado.
Por ello, no habiendo sido posible la notificación de la resolución de sanción de
expediente sancionador que abajo se indica, se publica el presente anuncio.
Expediente
2025/5006
Pasaporte/
D.N.I.
Último domicilio
conocido
Legislación infringida
Fecha
Resolución
Sanción
propuesta
45076217N
C/ JUAN DE
JUANES, N.º 12, 4º
DRCHA 51002CEUTA.-
Ordenanza Reguladora
del Ruído, Vibraciones y
Contaminación Acústica
09.04.2025
375.00 €
Ceuta, 25 de abril de 2025.- Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios
Urbanos, Alejandro Ramírez Hurtado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a83a0455f8303f7dc43f8e5aae5cb1de338963f7
Verificable en https://www.boe.es
Se informa al interesado que el expediente se encuentra a su disposición en la
Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, sita en Plaza de África, nº 1, 51001Ceuta, donde podrá acceder a él, comunicándole que contra esta resolución, que agota
la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 112.1 LPACAP podrá
interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley, ante el
mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un (1) me impugnada directamente ante el
Juzgado de lo Contencioso partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación
(artículos 123.1 y 124.1 de julio).
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE CEUTA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500313980
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
notificaciones que no se hayan podido practicar se harán por medio de anuncio en el
Boletín Oficial del Estado.
Por ello, no habiendo sido posible la notificación de la resolución de sanción de
expediente sancionador que abajo se indica, se publica el presente anuncio.
Expediente
2025/5006
Pasaporte/
D.N.I.
Último domicilio
conocido
Legislación infringida
Fecha
Resolución
Sanción
propuesta
45076217N
C/ JUAN DE
JUANES, N.º 12, 4º
DRCHA 51002CEUTA.-
Ordenanza Reguladora
del Ruído, Vibraciones y
Contaminación Acústica
09.04.2025
375.00 €
Ceuta, 25 de abril de 2025.- Consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios
Urbanos, Alejandro Ramírez Hurtado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a83a0455f8303f7dc43f8e5aae5cb1de338963f7
Verificable en https://www.boe.es
Se informa al interesado que el expediente se encuentra a su disposición en la
Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, sita en Plaza de África, nº 1, 51001Ceuta, donde podrá acceder a él, comunicándole que contra esta resolución, que agota
la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 112.1 LPACAP podrá
interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los
motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley, ante el
mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un (1) me impugnada directamente ante el
Juzgado de lo Contencioso partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación
(artículos 123.1 y 124.1 de julio).