Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Granada. (BOE-N-2025-319793)
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento de liquidación del sistema de actuación en PP-O1 y O2 "Ferrocarril-Chana".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 7
que resulten con saldo deudor, deberán, una vez cumplan para/con sus obligaciones
solicitar a la Junta de Compensación certificación acreditativa del pago a favor de la
entidad urbanística (art. 161.1 del R.LISTA y al art. 20.2 del R.H.U.).
Sexto.- La entidad mercantil “AEDAS HOMES OPCO, S.L.U.”, depositó en el expte.
4906/2018, con carácter previo a la constitución de la Junta de Compensación, y en
garantía del sistema de actuación, los siguientes avales:
Aval por importe de 150.340,97 €, como parte del total de la garantía del 7% de
costes de urbanización plan parcial PP-O1 y O2. Aval de BANKIA, S.A. con el núm. de
operación 320180019044, sentado en el libro diario de contabilidad presupuestaria con
fecha 1 de enero de 2024.
Aval por importe de 100.227,32 €, como parte del total de la garantía del 7% de
costes de urbanización plan parcial PP-O1 y O2. Aval de BANKIA, S.A. con el núm. de
operación 320190000553, sentado en el libro diario de contabilidad presupuestaria con
fecha 1de enero de 2024.
Ambas garantías, que hacen un total de 250.568,29 €, se corresponden con el 7% de
los gastos de urbanización previstos en el momento de su depósito. Con la recepción de
las obras de urbanización (más su año de garantía) y la liquidación del sistema de
actuación por cumplimiento de los objetivos previstos por la ordenación urbanística,
procede la devolución de los avales descritos (arts. 195.6 y 199 del R.LISTA), si bien la
tramitación de dicha devolución seguirá los requisitos formales previstos en las Bases de
Ejecución del presupuesto 2024 y el Reglamento de control interno y funcionamiento de
la Intervención del Ayuntamiento de Granada (BOP núm. 194 de 9 de octubre de 2018)
que requiere, entre otros aspectos, informe de fiscalización previo.
Séptimo.- Proceder, conforme al art. 132.10 del R.LISTA, a la inscripción en el
Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras del Excmo. Ayuntamiento de Granada
de la liquidación del sistema, pudiendo quedar la Junta de Compensación (N.I.F.
V-19690718) sin disolver hasta la completa liquidación de la misma. Una vez liquidada la
misma, se deberá dar conocimiento al Ayuntamiento para su inscripción en el Registro
de Entidades Urbanísticas Colaboradoras del Excmo. Ayuntamiento de Granada.
De conformidad a lo previsto en los arts. 165 y 222 del R.LISTA, y teniendo en
cuenta que la competencia para la ratificación del proyecto de reparcelación, y por
remisión, la C.L.D. corresponde a la Junta de Gobierno Local (artículo 127 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en adelante LBRL) y
del Reglamento Orgánico Municipal (BOP núm. 150 de 6 de agosto de 2012 y BOP núm.
180 de 18 de septiembre de 2012), de conformidad con el informe emitido por la
Intervención, y a propuesta de la Coordinadora General de Urbanismo, Obras Públicas y
Licencias, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Ratificar la Cuenta de Liquidación Definitiva del proyecto de reparcelación
en ejecución de las innovaciones (2) del Plan Parcial O1 y O2 “Ferrocarril-Chana”
presentada por la Junta de Compensación.
Segundo: Aprobar la liquidación del sistema de actuación del Plan Parcial O1 y O2
“Ferrocarril-Chana” del P.G.O.U. de Granada pudiendo quedar la Junta de
Compensación (N.I.F. V-19690718) sin disolver hasta la completa liquidación de la
misma.
Tercero: Aprobar el saldo deudor del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA con
NIF núm. P-1808900-C, por la cantidad expresada en el cuerpo del presente.
Cuarto: Aprobar el saldo deudor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
(UNIDAD DE PATRIMONIO DEL ESTADO DE LA DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y
HACIENDA), por la cantidad expresada en el cuerpo del presente.
cve: BOE-N-2025-05d0b7d34df9d6a501a58aad696c8fc189baa9ec
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 7
que resulten con saldo deudor, deberán, una vez cumplan para/con sus obligaciones
solicitar a la Junta de Compensación certificación acreditativa del pago a favor de la
entidad urbanística (art. 161.1 del R.LISTA y al art. 20.2 del R.H.U.).
Sexto.- La entidad mercantil “AEDAS HOMES OPCO, S.L.U.”, depositó en el expte.
4906/2018, con carácter previo a la constitución de la Junta de Compensación, y en
garantía del sistema de actuación, los siguientes avales:
Aval por importe de 150.340,97 €, como parte del total de la garantía del 7% de
costes de urbanización plan parcial PP-O1 y O2. Aval de BANKIA, S.A. con el núm. de
operación 320180019044, sentado en el libro diario de contabilidad presupuestaria con
fecha 1 de enero de 2024.
Aval por importe de 100.227,32 €, como parte del total de la garantía del 7% de
costes de urbanización plan parcial PP-O1 y O2. Aval de BANKIA, S.A. con el núm. de
operación 320190000553, sentado en el libro diario de contabilidad presupuestaria con
fecha 1de enero de 2024.
Ambas garantías, que hacen un total de 250.568,29 €, se corresponden con el 7% de
los gastos de urbanización previstos en el momento de su depósito. Con la recepción de
las obras de urbanización (más su año de garantía) y la liquidación del sistema de
actuación por cumplimiento de los objetivos previstos por la ordenación urbanística,
procede la devolución de los avales descritos (arts. 195.6 y 199 del R.LISTA), si bien la
tramitación de dicha devolución seguirá los requisitos formales previstos en las Bases de
Ejecución del presupuesto 2024 y el Reglamento de control interno y funcionamiento de
la Intervención del Ayuntamiento de Granada (BOP núm. 194 de 9 de octubre de 2018)
que requiere, entre otros aspectos, informe de fiscalización previo.
Séptimo.- Proceder, conforme al art. 132.10 del R.LISTA, a la inscripción en el
Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras del Excmo. Ayuntamiento de Granada
de la liquidación del sistema, pudiendo quedar la Junta de Compensación (N.I.F.
V-19690718) sin disolver hasta la completa liquidación de la misma. Una vez liquidada la
misma, se deberá dar conocimiento al Ayuntamiento para su inscripción en el Registro
de Entidades Urbanísticas Colaboradoras del Excmo. Ayuntamiento de Granada.
De conformidad a lo previsto en los arts. 165 y 222 del R.LISTA, y teniendo en
cuenta que la competencia para la ratificación del proyecto de reparcelación, y por
remisión, la C.L.D. corresponde a la Junta de Gobierno Local (artículo 127 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en adelante LBRL) y
del Reglamento Orgánico Municipal (BOP núm. 150 de 6 de agosto de 2012 y BOP núm.
180 de 18 de septiembre de 2012), de conformidad con el informe emitido por la
Intervención, y a propuesta de la Coordinadora General de Urbanismo, Obras Públicas y
Licencias, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los presentes acuerda:
Primero: Ratificar la Cuenta de Liquidación Definitiva del proyecto de reparcelación
en ejecución de las innovaciones (2) del Plan Parcial O1 y O2 “Ferrocarril-Chana”
presentada por la Junta de Compensación.
Segundo: Aprobar la liquidación del sistema de actuación del Plan Parcial O1 y O2
“Ferrocarril-Chana” del P.G.O.U. de Granada pudiendo quedar la Junta de
Compensación (N.I.F. V-19690718) sin disolver hasta la completa liquidación de la
misma.
Tercero: Aprobar el saldo deudor del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA con
NIF núm. P-1808900-C, por la cantidad expresada en el cuerpo del presente.
Cuarto: Aprobar el saldo deudor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
(UNIDAD DE PATRIMONIO DEL ESTADO DE LA DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y
HACIENDA), por la cantidad expresada en el cuerpo del presente.
cve: BOE-N-2025-05d0b7d34df9d6a501a58aad696c8fc189baa9ec
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Núm. 109