Estado. Ministerio De Inclusión, Seguridad Social Y Migraciones. Secretaría De Estado De La Seguridad Social Y Pensiones. (BOE-N-2025-317880)
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025 en procedimiento de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ESTADO
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Anuncio de notificación de 28 de
abril de 2025 en procedimiento de embargo.
ID: N2500318379

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dirección Provincial de ZARAGOZA
Anuncio de notificación de embargo de bienes inmuebles a deudores e interesados no
localizados
En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de
Recaudación Ejecutiva contra el deudor X1437429K , por deudas a la Seguridad Social,
cuyo último domicilio conocido fue en --- , se procedió con fecha de 20 de marzo de 2025
al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia cuyo tenor literal a continuación se
transcribe
PROVIDENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de
apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con
DNI/NIF/CIF número 0X1437429K, (estado civil, en su caso: CASADO), resulta lo
siguiente: Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados,
se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACIÓN adjunta, siendo
anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de ZARAGOZA Nº TRES,
garantizando la suma total de 54.108,01 euros, que incluye el principal, el recargo de
apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro
Tomo Folio Finca núm. Anotación letra 270 2460 126 5794 D-E Que no siendo posible la
ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación
registral del embargo de dichas fincas, ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la
Propiedad de ZARAGOZA Nº TRES, la prórroga, por un plazo de 4 años más, de las
anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria. Contra este acto notificado, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo
dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, en relación con lo
establecido en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que el
procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el
pago de la deuda, conforme a lo que establece el artículo 38.4 del Texto Refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de
30 de octubre. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho
recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse
desestimado, según dispone el artículo 122.2 de la mencionada Ley 39/2015, lo que se

cve: BOE-N-2025-6c3fa83026d8d499fd0a469bfd126317b4985020
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Núm. 108