Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Cataluña. Departamento De Interior Y Seguridad Pública. (BOE-N-2025-318055)
SERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimientos de resoluciones sancionadoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
DEPARTAMENTO DE INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
SERVEI CATALÀ DE TRÀNSIT. Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en
procedimientos de resoluciones sancionadoras.
ID: N2500317662

De acuerdo con lo previsto en los artículos 90 y 91 del texto refundido de la Ley
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real
decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante TRLSV), se notifica a las
personas físicas o jurídicas que figuran en el anexo de este Anuncio que, en virtud de la
Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico, el/la
director/a del Servicio Catalán de Tráfico ha dictado resolución sancionadora en los
expedientes que se detallan en el anexo y que se encuentran en la unidad de sanciones
del servicio territorial de Tráfico instructor, cuya dirección consta en el anexo de este
Anuncio.
La notificación se efectúa mediante la publicación de este Anuncio en el DOGC y el
BOE dado que no se ha podido realizar personalmente, bien porque se desconoce el
domicilio actual de las personas interesadas, bien por ausencia de estas en el momento
de la notificación. La notificación se entenderá practicada transcurridos veinte días
naturales desde la fecha de publicación de este Anuncio.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el/la director/a
del Servicio Catalán de Tráfico, que es el órgano competente para resolverlo, en el plazo
de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
La sanción será firme al día siguiente de la notificación. La multa se podrá abonar en
período voluntario durante los quince días siguientes a la notificación, con la advertencia
de que, si no se efectúa el pago, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.
La interposición del recurso de reposición no suspende la ejecución de la sanción. El
recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su entrada en el registro del
órgano competente para tramitarlo.
Barcelona, 25 de abril de 2025.- Ramon Lamiel Villaró, Director

cve: BOE-N-2025-f5d0748e586c0649f6615520e6b39d4835405d91
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Núm. 108