Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Barakaldo. (BOE-N-2025-318336)
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en procedimientos sancionadores por infracciones de estacionamiento limitado. (Denuncias).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en
procedimientos sancionadores por infracciones de estacionamiento limitado.
(Denuncias).
ID: N2500318844
Según los artículos 90 y 91 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos de Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015,
de 30 de octubre (en adelante, LTSV), se publica la notificación de la incoación de los
siguientes expedientes sancionadores por infracción del Título Quinto de la Ordenanza
Municipal de Circulación de Barakaldo, relativo a zonas de estacionamiento limitado
(OTA) (BO de Bizkaia nº 107, de fecha 06/06/2000) ya que, intentada la notificación a las
personas físicas o jurídicas interesadas, bien en su último domicilio conocido, bien en la
Dirección Electrónica Vial que tuviera asignada, no se ha podido practicar.
Este edicto se mantendrá expuesto en el Tablón Edictal Único (TEU) durante un
periodo de veinte (20) días naturales, contados a partir del día siguiente al de su
inserción. Finalizado este plazo, la notificación se tendrá por practicada. Los expedientes
sancionadores se encuentran de manifiesto y a disposición de los interesados en la
Sección Jco. Adva. Policía y Procedimiento Sancionador (SJAPPS) sita en la C/
Lasesarre 16 – 1ª planta.
Lo que se notifica de acuerdo con las siguientes normas:
a) Salvo que el hecho infringido consista en “No identificar al conductor”, en el
supuesto de que en el momento de la infracción no fuera el conductor del vehículo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 a) y 77 j) del Texto Refundido de la
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante, LTSV), deberá comunicar,
mediante escrito, firmado, y en su caso debidamente sellado por la empresa, a presentar
en el Registro General del Ayuntamiento (Herriko Plaza s/n, planta baja) o por cualquiera
de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20
días naturales, contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación,
esta documentación: nombre y apellidos, DNI, domicilio completo actualizado del
conductor (persona física) y el número de permiso o licencia de conducción.
b) El denunciado puede o bien alegar cuanto considere conveniente en su defensa y
proponer las pruebas que estime oportunas o bien realizar el pago bonificado de la multa
con reducción del 50% en el citado plazo de 20 días naturales, renunciando a formular
alegaciones, dándose por terminado el procedimiento sin necesidad de resolución
expresa, pudiendo interponerse únicamente recurso contencioso administrativo conforme
al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio (Artículo 94 LTSV).
c) Si no formula alegaciones ni abona la multa en el plazo de 20 días naturales, se
resolverá el procedimiento de forma expresa o implícita (Artículos 95.4 y 95.5 LTSV).
cve: BOE-N-2025-001618c78c660a9c1c2dd5f769e065e255e16f9e
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108
Lunes 5 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE BARAKALDO
SEGURIDAD CIUDADANA. Anuncio de notificación de 29 de abril de 2025 en
procedimientos sancionadores por infracciones de estacionamiento limitado.
(Denuncias).
ID: N2500318844
Según los artículos 90 y 91 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos de Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015,
de 30 de octubre (en adelante, LTSV), se publica la notificación de la incoación de los
siguientes expedientes sancionadores por infracción del Título Quinto de la Ordenanza
Municipal de Circulación de Barakaldo, relativo a zonas de estacionamiento limitado
(OTA) (BO de Bizkaia nº 107, de fecha 06/06/2000) ya que, intentada la notificación a las
personas físicas o jurídicas interesadas, bien en su último domicilio conocido, bien en la
Dirección Electrónica Vial que tuviera asignada, no se ha podido practicar.
Este edicto se mantendrá expuesto en el Tablón Edictal Único (TEU) durante un
periodo de veinte (20) días naturales, contados a partir del día siguiente al de su
inserción. Finalizado este plazo, la notificación se tendrá por practicada. Los expedientes
sancionadores se encuentran de manifiesto y a disposición de los interesados en la
Sección Jco. Adva. Policía y Procedimiento Sancionador (SJAPPS) sita en la C/
Lasesarre 16 – 1ª planta.
Lo que se notifica de acuerdo con las siguientes normas:
a) Salvo que el hecho infringido consista en “No identificar al conductor”, en el
supuesto de que en el momento de la infracción no fuera el conductor del vehículo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 a) y 77 j) del Texto Refundido de la
Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante, LTSV), deberá comunicar,
mediante escrito, firmado, y en su caso debidamente sellado por la empresa, a presentar
en el Registro General del Ayuntamiento (Herriko Plaza s/n, planta baja) o por cualquiera
de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 20
días naturales, contados a partir del siguiente al de recepción de la presente notificación,
esta documentación: nombre y apellidos, DNI, domicilio completo actualizado del
conductor (persona física) y el número de permiso o licencia de conducción.
b) El denunciado puede o bien alegar cuanto considere conveniente en su defensa y
proponer las pruebas que estime oportunas o bien realizar el pago bonificado de la multa
con reducción del 50% en el citado plazo de 20 días naturales, renunciando a formular
alegaciones, dándose por terminado el procedimiento sin necesidad de resolución
expresa, pudiendo interponerse únicamente recurso contencioso administrativo conforme
al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio (Artículo 94 LTSV).
c) Si no formula alegaciones ni abona la multa en el plazo de 20 días naturales, se
resolverá el procedimiento de forma expresa o implícita (Artículos 95.4 y 95.5 LTSV).
cve: BOE-N-2025-001618c78c660a9c1c2dd5f769e065e255e16f9e
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Núm. 108