Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santander. (BOE-N-2025-318381)
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Anuncio de notificación de 28 de abril de 2025
ID: N2500317852

Notificación incoación de expediente sancionador.
Conforme lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con
lo establecido en esta materia en los artículos 90 Y 91 del Real Decreto Legislativo
6/2015,de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial (LSV), se hace pública la notificación
de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el
Servicio de Gestión de Multas de Tráfico, en cuyas dependencias obran los citados
expedientes, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que
habiéndose intentado la notificación bien en su último domicilio conocido o dirección
electrónica vial que en su caso tuviese asignada, esta no se ha podido practicar.
Transcurrido el período de veinte días naturales desde que la notificación se hubiese
publicado en el BOE, se entenderá que ésta ha sido practicada. Dispone de 20 días
naturales siguientes a la notificación para identificar al conductor, indicando nombre,
domicilio y nº de permiso o licencia para su identificación en el Registro de Conductores
e Infractores (RCI). Si el conductor no está inscrito en el RCI, deberá facilitar copia de la
autorización administrativa que le habilite a conducir en España (art. 11.1.a) LSV). Los
datos se remitirán al Servicio de Gestión de Multas de Tráfico, advirtiéndole del deber
facilitar los datos necesarios para identificar verazmente al conductor responsable; si
incumpliere esta obligación, le será instruido expediente sancionador por infracción muy
grave prevista en art. 77. J) y 80.2.b) de la LSV. No procede, tras la presente notificación
edictal, identificar conductor en aquellos casos en los cuales el hecho denunciado es el
incumplimiento de la obligación de identificar a que se refiere el citado artículo 11 de la
LSV.
Durante el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de esta notificación,
puede presentar alegaciones en el Registro físico de este Ayuntamiento, en el Registro
Telemático en www.ayto-santander.es o en registros, oficinas y dependencias del art.
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El importe de la multa, con reducción del 50%, se puede hacer efectivo durante 20
días naturales a partir del siguiente a esta notificación. El pago en el plazo indicado
implica: - La renuncia a formular alegaciones, si se hicieran se tendrán por no
presentadas. - La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución
expresa, el día del pago. - El agotamiento de la vía administrativa, recurrible únicamente
ante el orden contencioso-administrativo, el plazo se iniciará el día siguiente a aquél en
que tenga lugar el pago. - La sanción no computará como antecedente en el RCI,
siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.
Esto no será aplicable a las infracciones de los arts. 77. h), j), n), ñ), o), p), q) y r) de
acuerdo con lo dispuesto en el art 93.2 de la LSV.

cve: BOE-N-2025-2a50b82a827c7fc81a12c48d40346a20203cc1bd
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Núm. 108