Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Alicante/alacant. (BOE-N-2025-318161)
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento por comparecencia de notificaciones infructuosas por resoluciones de procedimientos tributarios en solicitud de beneficios fiscales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Lunes 5 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 4

02632846J

IBI

Art. 74.4 RDL
EHFB2024002046 2/2004, 5
marzo

0592309YH2409D00076LP Concesión

20/09/2024

21449234D

IVTM

Art. 93.1.e
EHBF2024002253 RDL 2/2004,
5 marzo

5057FHS

Concesión

02/10/2024

48789057P

IVTM

Art. 95.6 RDL
EHBF2024003343 2/2004, 5
marzo

2193MLZ

Concesión

09/12/2024

22129564E

IVTM

Art. 93.1.e
EHBF2024000408 RDL 2/2004,
5 marzo

4739CHD

Desestimada 16/01/2025

17830862C

IBI

Art. 74.5 RDL
EHBF2024004001 2/2004, 5
marzo

78591004YH1475H029RQ

Concesión

20/02/2025

19839384K

IBI

Art. 74.5 RDL
EHBF2024003913 2/2004, 5
marzo

7859104YH1475H0147EM

Concesión

20/02/2025

PLAZO Y LUGAR PARA COMPARECER:
El obligado tributario o representante, deberá comparecer para ser notificado en las
dependencias de Administración Tributaria de este Ayuntamiento, sitas en C/ Jorge Juan
nº 5, 2ª planta.
En todo caso la comparecencia se producirá en el plazo de quince días naturales,
contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del
Estado.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se
entenderá producida a todos los efectos legales al día siguiente al del vencimiento del
plazo señalado para comparecer.
RECURSO PROCEDENTE:
El interesado puede interponer contra las resoluciones arriba mencionadas, y ante el
órgano que lo dictó, por escrito dirigido al Excmo. Ayuntamiento, los siguientes medios
de impugnación:

Con carácter potestativo podrá interponer el recurso de reposición al que se refiere el
artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a aquel en que reciba esta notificación.
Frente a la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, cabe
interponer reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico
Administrativo municipal del Ayuntamiento de Alicante, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente a aquel en que reciba la notificación de la desestimación expresa
del recurso de reposición, o a partir de la fecha en la que se produzca la desestimación
presunta de dicho recurso de reposición (un mes después de su presentación), con
carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo contencioso-administrativo de Alicante.
2º.- Interposición directa de reclamación económico-administrativa.
Si no se ejerce el derecho a la interposición del recurso potestativo de reposición,
cabe interponer directamente reclamación económico-administrativa ante el Tribunal

cve: BOE-N-2025-7c5c4fa0dce20ea12b9f67de430c20cb9f9f570b
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1º.- Recurso de reposición previo a la interposición de reclamación económico
administrativa: