Administración Local. Lugo. Concello De Lugo. (BOE-N-2025-317274)
UNIDADE ADMINISTRATIVA DE SANCIÓNS. Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 2 de mayo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
LUGO
CONCELLO DE LUGO
UNIDADE ADMINISTRATIVA DE SANCIÓNS. Anuncio de notificación de 24 de abril de
2025 en procedimiento sancionador en materia de tráfico.
ID: N2500310528

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Víal, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de octubre), en relación con lo
igualmente establecido para esta materia por los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), se hace publica la notificación de requerimiento
de identificación de conductor a las personas físicas o jurídicas que a continuación se
relacionan, ya que, bien por haber resultado estas últimas desconocidas, o ignorado el
lugar de notificación, bien por el hecho de haberse intentado la misma en su último
domicilio, aquella no se ha podido practicar.
Dado que en este acto no se publica en su integridad la notificación referida, de
conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la precitada Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se encuentra a disposición de los interesados, en la Unidad de Sanciones de la Policía
Local de Lugo, Organo Instructor del procedimiento sancionador, el contenido integro de
dicha iniciación de procedimiento, junto con el resto de la documentación
correspondiente al expediente indicado.
En este acto se le requiere para que identifique de forma veraz a la persona que
conducía el vehículo en el momento de cometerse la infracción o en su caso al
arrendatario del mismo, de conformidad con lo establecido en el Art. 11 RDL 6/2015, a
partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOE, los interesados y
dentro de los veinte días naturales siguientes deberán:
Facilitar los datos del conductor responsable de la infracción, los cuales deben incluir
(nombre, apellidos, DNI y domicilio del mismo), si el conductor identificado no figura
inscrito en el Registro de Conductores de la Jefatura Central del Tráfico, deberá
aportarse junto con la identificación, copia de la autorización administrativa que le habilite
para conducir en España. Si el titular fuese una empresa de alquiler de vehículos sin
conductor la copia de la autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del
contrato de arrendamiento. Se advierte que la omisión o error de cualquiera de los datos
requeridos por ser todos imprescindibles para la inequívoca identificación del conductor
identificado, motivará la exigencia de la responsabilidad que, por incumplimiento,
atribuye al responsable el (Art. 77 j) RDL 6/2015) como autor de una falta muy grave,
sancionada con multa del doble de la prevista para la infracción que la motivó si ésta es
leve y del triple si la misma es grave o muy grave (Art. 80 RDL 6/2015). No obstante el
Órgano Instructor podrá requerir además la documentación complementaria que
considere necesaria al respecto. Los datos requeridos podrán facilitarse por los
siguientes medios:

cve: BOE-N-2025-2719127b213657e4d3718585279575ff584588f4
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 106