Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Almería. (BOE-N-2025-317213)
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimientos sancionadores, id 0084686333250049500726 y id 0084706451250049982986.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 24 de abril de
2025 en procedimientos sancionadores, id 0084686333250049500726 y id
0084706451250049982986.
ID: N2500312466
Edicto nº 6/2025
La Sra. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, del Excmo.
Ayuntamiento de Almería.
HACE SABER que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido y no habiéndose podido ésta practicar, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se hace, al inculpado que después se indican, pública
notificación de resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del
Excmo. Ayuntamiento de Almería relativa al expediente que más abajo se señala, que
materializa procedimiento sancionador. A tales efectos, en la tabla que se plasma, se
expresan:
1.- En la primera columna, el número de expediente acompañado de la sigla, de la
resolución de que se hace ahora pública notificación del correspondiente procedimiento
sancionador.
2.- En la segunda columna, la fecha de la resolución del correspondiente
procedimiento sancionador.
3.- En la tercera columna, la identificación del inculpado, consistente en su DNI o CIF.
5.- En la quinta columna, una cantidad que ha de ser entendida en euros y que
representa la cuantía de la multa que por ella se propone.
6. - En la sexta columna, sucinta referencia de las medidas que se hayan podido
adoptar en su caso para evitar los efectos de la infracción.
Por otro lado, se utilizarán como acrónimos los que a continuación se indican con los
significados que se les adjuntan:
1.- LPAMD = Ley del Parlamento de Andalucía 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y
Asistencia en materia de Drogas.
2.- OML = Ordenanza Municipal de Limpieza (BOP 108 de 14 de Mayo de 1987).
3.- OMPMARV = Ordenanza Municipal sobre Protección del Medio Ambiente contra
Ruidos y Vibraciones (BOP 218 de 16 de Noviembre de 1994).
4.- LEPARA = Ley 13/1999, de 15 de diciembre de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas de Andalucía, publicada en la BOJA. Nº 152 de 31 de diciembre
de 1999.
cve: BOE-N-2025-f0569b9c630eca11978d968dc9af5d42a3a3f02f
Verificable en https://www.boe.es
4.- En la cuarta columna, el precepto donde se tipifica la correspondiente infracción.
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 24 de abril de
2025 en procedimientos sancionadores, id 0084686333250049500726 y id
0084706451250049982986.
ID: N2500312466
Edicto nº 6/2025
La Sra. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, del Excmo.
Ayuntamiento de Almería.
HACE SABER que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio
conocido y no habiéndose podido ésta practicar, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se hace, al inculpado que después se indican, pública
notificación de resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del
Excmo. Ayuntamiento de Almería relativa al expediente que más abajo se señala, que
materializa procedimiento sancionador. A tales efectos, en la tabla que se plasma, se
expresan:
1.- En la primera columna, el número de expediente acompañado de la sigla, de la
resolución de que se hace ahora pública notificación del correspondiente procedimiento
sancionador.
2.- En la segunda columna, la fecha de la resolución del correspondiente
procedimiento sancionador.
3.- En la tercera columna, la identificación del inculpado, consistente en su DNI o CIF.
5.- En la quinta columna, una cantidad que ha de ser entendida en euros y que
representa la cuantía de la multa que por ella se propone.
6. - En la sexta columna, sucinta referencia de las medidas que se hayan podido
adoptar en su caso para evitar los efectos de la infracción.
Por otro lado, se utilizarán como acrónimos los que a continuación se indican con los
significados que se les adjuntan:
1.- LPAMD = Ley del Parlamento de Andalucía 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y
Asistencia en materia de Drogas.
2.- OML = Ordenanza Municipal de Limpieza (BOP 108 de 14 de Mayo de 1987).
3.- OMPMARV = Ordenanza Municipal sobre Protección del Medio Ambiente contra
Ruidos y Vibraciones (BOP 218 de 16 de Noviembre de 1994).
4.- LEPARA = Ley 13/1999, de 15 de diciembre de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas de Andalucía, publicada en la BOJA. Nº 152 de 31 de diciembre
de 1999.
cve: BOE-N-2025-f0569b9c630eca11978d968dc9af5d42a3a3f02f
Verificable en https://www.boe.es
4.- En la cuarta columna, el precepto donde se tipifica la correspondiente infracción.