Administración Local. Navarra. Ayuntamiento De Estella-lizarra. (BOE-N-2025-317292)
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimientos Incoación de expedientes sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
NAVARRA
AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimientos Incoación de
expedientes sancionadores.
ID: N2500310347
ESTELLA-LIZARRA
Notificación de incoación de expedientes sancionadores.
1.- De conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se
indican, a los denunciados que se relacionan.
2.- En el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente a la
notificación de la presente Resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime
pertinente y presentar los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en el
registro general del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, o de alguno de los cauces previstos
en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3.- Se comunica al expedientado que puede reconocer su responsabilidad,
imponiéndosele la sanción correspondiente y realizar el pago de la sanción pecuniaria en
su caso.
Expediente Titular
Art.
Ordenanza
Ordenanza
Municipal
Art. Ley
Precepto
Ley Sancionadora
Importe
213482D
21072696G Art. 18
Ordenanza
núm 1 policia
vía publica
90,00
euros
213467H
73628976L Art. 18
Ordenanza
núm 1 policia
vía publica
90,00
euros
203340R
72692823N
Art. 36.16
Ley 4/2015 de
protección de
seguridad ciudadana
601,00
euros
203245K
Y8004273B
Art. 36.16
Ley 4/2015 de
protección de
seguridad ciudadana
601,00
euros
cve: BOE-N-2025-52b841371f183d56620c5c2f4127d34e9635a651
Verificable en https://www.boe.es
4.- En el caso de que no sean formuladas alegaciones en el plazo indicado, el
presente acto administrativo podrá ser considerado Propuesta de Resolución con los
efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el
ejercicio de la potestad sancionadora significando que la cuantía de la sanción que se
propone es la indicada anteriormente.
Núm. 106
Viernes 2 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
NAVARRA
AYUNTAMIENTO DE ESTELLA-LIZARRA
Anuncio de notificación de 24 de abril de 2025 en procedimientos Incoación de
expedientes sancionadores.
ID: N2500310347
ESTELLA-LIZARRA
Notificación de incoación de expedientes sancionadores.
1.- De conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se
indican, a los denunciados que se relacionan.
2.- En el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente a la
notificación de la presente Resolución, el denunciado podrá alegar lo que estime
pertinente y presentar los documentos que considere oportunos, debiendo hacerlo en el
registro general del Ayuntamiento de Estella-Lizarra, o de alguno de los cauces previstos
en el Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3.- Se comunica al expedientado que puede reconocer su responsabilidad,
imponiéndosele la sanción correspondiente y realizar el pago de la sanción pecuniaria en
su caso.
Expediente Titular
Art.
Ordenanza
Ordenanza
Municipal
Art. Ley
Precepto
Ley Sancionadora
Importe
213482D
21072696G Art. 18
Ordenanza
núm 1 policia
vía publica
90,00
euros
213467H
73628976L Art. 18
Ordenanza
núm 1 policia
vía publica
90,00
euros
203340R
72692823N
Art. 36.16
Ley 4/2015 de
protección de
seguridad ciudadana
601,00
euros
203245K
Y8004273B
Art. 36.16
Ley 4/2015 de
protección de
seguridad ciudadana
601,00
euros
cve: BOE-N-2025-52b841371f183d56620c5c2f4127d34e9635a651
Verificable en https://www.boe.es
4.- En el caso de que no sean formuladas alegaciones en el plazo indicado, el
presente acto administrativo podrá ser considerado Propuesta de Resolución con los
efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el
ejercicio de la potestad sancionadora significando que la cuantía de la sanción que se
propone es la indicada anteriormente.