Administración Local. Pontevedra. Ayuntamiento De Marín. (BOE-N-2025-317299)
Anuncio de notificación de 21 de abril de 2025 en procedimiento Preaviso de Inicio de Expediente de Baja por Inscripción Indebida en el Padrón de Habitantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106

Viernes 2 de mayo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
PONTEVEDRA
AYUNTAMIENTO DE MARÍN
Anuncio de notificación de 21 de abril de 2025 en procedimiento Preaviso de Inicio de
Expediente de Baja por Inscripción Indebida en el Padrón de Habitantes.
ID: N2500298598

Expte.: 2025-SE108-0036
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiéndose
intentado la notificación a la persona con
DNI 45954283F
sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento,
sirva el presente anuncio para poner en su conocimiento el contenido de dicha
notificación cuyo tenor literal es el siguiente:

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, y en la Resolución de 03 de febrero de 2023 de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local por la que se dictan instrucciones técnicas a los
ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal, donde se dice en el artículo 72 que
“los Ayuntamientos darán de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren
empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 de este
Reglamento”, en el que se dice que “toda persona que viva en España está obligada a
inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en
varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al
año”.
Teniendo conocimiento este ayuntamiento de usted ya no reside en el domicilio en el
que figura inscrito y, en base a lo establecido en dichos artículos, así como por todo lo
expuesto anteriormente, esta Alcaldía
RESUELVE
1º. Incoar expediente para proceder a dar de baja por Inscripción Indebida a la
persona con el documento de identidad DNI 45954283F en el Padrón de Habitantes de
este Ayuntamiento por incumplir los requisitos establecidos en el artículo 54 y de acuerdo
con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales.
2º. Notificar a la parte interesada la incoación de dicho procedimiento, estableciendo
un plazo máximo de 10 DÍAS contados a partir de la recepción de esta comunicación y,
en su defecto, desde el momento de la publicación de esta Resolución en el Boletín
Oficial del Estado, para manifestar si está o no de acuerdo con la baja pudiendo, en este
último caso, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime oportunas y

cve: BOE-N-2025-84ff0e53068d37afd94cb06210da3d7936f9579d
Verificable en https://www.boe.es

Vista la solicitud presentada por 52498160Q por la que se requiere que por parte del
Ayuntamiento de Marín se proceda a dar de baja en el Padrón Municipal de Habitantes
por no residir en el inmueble en el que usted figura empadronado.