Administración Local. Guadalajara. Ayuntamiento De Villanueva De La Torre. (BOE-N-2025-317120)
Anuncio de notificación de 25 de abril de 2025 en procedimientos baja de oficio por inscripción indebida.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso
corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de esta notificación. La interposición del recurso,
excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la
ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la
interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender
que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a
contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta. b) Recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, dentro
del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta
notificación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá
interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo
ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-85a699e5660ef0b259fc1bfb0fa9a59ac7faf596
Verificable en https://www.boe.es
VILLANUEVA DE LA TORRE, 25 de abril de 2025.- La Alcaldesa, Dª Sonsoles Rico
Ordóñez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en cuyo caso
corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de esta notificación. La interposición del recurso,
excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la
ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la
interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender
que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a
contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta. b) Recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, dentro
del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta
notificación. En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá
interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo
ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-85a699e5660ef0b259fc1bfb0fa9a59ac7faf596
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Ordóñez
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X