Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Cabildo Insular De Tenerife. (BOE-N-2025-274476)
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE. Anuncio de notificación de 11 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador tramitado en el expediente 676_DENU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE. Anuncio de notificación de 11 de
marzo de 2025 en procedimiento sancionador tramitado en el expediente 676_DENU.
ID: N2500265419
En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al ignorar el
lugar de notificación, este Consejo Insular de Aguas de Tenerife procede a la publicación
del presente anuncio en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado para que
sirva de notificación a la persona interesada que se señala, a cuyo fin se le comunica
que el correspondiente expediente se encuentra a su disposición en las dependencia de
este Organismo, situadas en la Calle Leoncio Rodríguez, nº 3, 2ª planta de Santa Cruz
de Tenerife, donde podrá comparecer para conocimiento del contenido íntegro del acto
objeto de notificación.
- IDENTIFICACIÓN DEL ACTO A NOTIFICAR: Propuesta de la Gerencia del
Consejo Insular de Aguas de fecha 7 de febrero de 2025
- DESTINATARIO DE LA NOTIFICACIÓN: 78569803-D
- EXTRACTO DEL ACTO OBJETO DE NOTIFICACIÓN: PROPUESTA
Declarar responsables a 78569803D, 78569802P, y 43608547 H, por la supuesta
comisión de una infracción administrativa en materia sectorial de aguas consistiendo los
hechos en el vertido de aguas residuales, sin tratar, al suelo y subsuelo (por infiltración)
y, por tanto, al dominio público hidráulico, sin autorización administrativa de este
Consejo, procediendo de un edificio situado en el […]T.M. de San Cristóbal de La
Laguna, estando prevista la infracción en el art 124 apartado f), en conexión con el art.
62.1 de la LAC, y calificada como LEVE conforme al artículo 4.8 del RSMA.
Imponer a 78569803D, 78569802P, y 43608547 H, una sanción de multa pecuniaria
de DOSCIENTOS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (200,34 €), al
calificarse como leve y en aplicación de la circunstancia de participación prevista en el
artículo 10 del RSMA. La imposición se realizará de forma solidaria.
Reconocimiento voluntario de la responsabilidad: el reconocimiento voluntario de la
responsabilidad por el infractor, en cualquier momento anterior a la resolución, podrá dar
lugar a la terminación del procedimiento, imponiéndose la multa con una reducción del
20%, siendo su importe reducido el de CIENTO SESENTA EUROS CON VEINTISIETE
CÉNTIMOS (160,27 €).
Para que esta reducción se aplique, será condición indispensable la presentación de
una comunicación por parte de todos los responsables ante el Consejo Insular de Aguas
en la que, de manera expresa, se reconozca la responsabilidad por la infracción
cometida.
Pago voluntario: el pago voluntario de la sanción por los presuntos responsables, en
cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento
cve: BOE-N-2025-60765ca7d6270f1f05823d0983a1e5e91bc9f6bd
Verificable en https://www.boe.es
PROPONGO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE TENERIFE. Anuncio de notificación de 11 de
marzo de 2025 en procedimiento sancionador tramitado en el expediente 676_DENU.
ID: N2500265419
En virtud de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al ignorar el
lugar de notificación, este Consejo Insular de Aguas de Tenerife procede a la publicación
del presente anuncio en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado para que
sirva de notificación a la persona interesada que se señala, a cuyo fin se le comunica
que el correspondiente expediente se encuentra a su disposición en las dependencia de
este Organismo, situadas en la Calle Leoncio Rodríguez, nº 3, 2ª planta de Santa Cruz
de Tenerife, donde podrá comparecer para conocimiento del contenido íntegro del acto
objeto de notificación.
- IDENTIFICACIÓN DEL ACTO A NOTIFICAR: Propuesta de la Gerencia del
Consejo Insular de Aguas de fecha 7 de febrero de 2025
- DESTINATARIO DE LA NOTIFICACIÓN: 78569803-D
- EXTRACTO DEL ACTO OBJETO DE NOTIFICACIÓN: PROPUESTA
Declarar responsables a 78569803D, 78569802P, y 43608547 H, por la supuesta
comisión de una infracción administrativa en materia sectorial de aguas consistiendo los
hechos en el vertido de aguas residuales, sin tratar, al suelo y subsuelo (por infiltración)
y, por tanto, al dominio público hidráulico, sin autorización administrativa de este
Consejo, procediendo de un edificio situado en el […]T.M. de San Cristóbal de La
Laguna, estando prevista la infracción en el art 124 apartado f), en conexión con el art.
62.1 de la LAC, y calificada como LEVE conforme al artículo 4.8 del RSMA.
Imponer a 78569803D, 78569802P, y 43608547 H, una sanción de multa pecuniaria
de DOSCIENTOS EUROS CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (200,34 €), al
calificarse como leve y en aplicación de la circunstancia de participación prevista en el
artículo 10 del RSMA. La imposición se realizará de forma solidaria.
Reconocimiento voluntario de la responsabilidad: el reconocimiento voluntario de la
responsabilidad por el infractor, en cualquier momento anterior a la resolución, podrá dar
lugar a la terminación del procedimiento, imponiéndose la multa con una reducción del
20%, siendo su importe reducido el de CIENTO SESENTA EUROS CON VEINTISIETE
CÉNTIMOS (160,27 €).
Para que esta reducción se aplique, será condición indispensable la presentación de
una comunicación por parte de todos los responsables ante el Consejo Insular de Aguas
en la que, de manera expresa, se reconozca la responsabilidad por la infracción
cometida.
Pago voluntario: el pago voluntario de la sanción por los presuntos responsables, en
cualquier momento anterior a la resolución, implicará la terminación del procedimiento
cve: BOE-N-2025-60765ca7d6270f1f05823d0983a1e5e91bc9f6bd
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