Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Pulpí. (BOE-N-2025-274395)
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE PULPÍ
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500268786
Al haber sido infructuosa la notificación personal, de acuerdo al artículo 44 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se notifica acuerdo de Propuesta de Resolución del
Ayuntamiento de Pulpí:
"Ref. Exp. – 2024/407556/400-010/00023
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Visto el expediente sancionador seguido contra D. OSCAR ROBERTO RUPAY
ERREVARA, por infracción administrativa sobre potestades administrativas en materia
de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de
Andalucía, según las recoge la Ley 7/2006, constando los siguientes ANTECEDENTES
DE HECHO:
PRIMERO. - Boletín de denuncia expedido por los Agentes de la Policía Local N.º:
16841 y 10303, con fecha de 26 de abril de 2024, por la que se denuncia el consumo de
bebidas alcohólicas fuera de las zonas permitidas y arrojar fuera de los puntos de
depósito de basuras, envases y restos de bebidas, en concreto, en Calle Los Curas, en
la localidad de Pulpí (Almería), el pasado día 26 de abril de 2024 a las veinte horas y
treinta y cinco minutos, resultando ser denunciado D. OSCAR ROBERTO RUPAY
ERREVARA, con NIE núm. ***4240**.
SEGUNDO. - Decreto de Alcaldía núm. 196-24, de fecha 6 de junio de 2024, que
acuerda la incoación de expediente sancionador por dos infracciones de carácter leve
tipificadas en el art. 8.1. y 8.2. de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades
Administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos
de los municipios de Andalucía.
TERCERO. - Tras la notificación al interesado del citado Decreto no se han
formulado alegaciones frente al mismo, en el plazo previsto para ello.
A los anteriores hechos, resultan de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE
DERECHO:
PRIMERO. - El Alcalde es el órgano competente para resolver este expediente
sancionador en virtud de lo establecido en el art. 21.1.n) de la ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
SEGUNDO. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.2.f) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dado que no se han presentado alegaciones sobre el
contenido de la iniciación del procedimiento este puede ser considerado propuesta de
resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad
imputada.
cve: BOE-N-2025-e2e0fa25a7126e6f6d021739a21178c4ac001678
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE PULPÍ
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500268786
Al haber sido infructuosa la notificación personal, de acuerdo al artículo 44 de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se notifica acuerdo de Propuesta de Resolución del
Ayuntamiento de Pulpí:
"Ref. Exp. – 2024/407556/400-010/00023
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Visto el expediente sancionador seguido contra D. OSCAR ROBERTO RUPAY
ERREVARA, por infracción administrativa sobre potestades administrativas en materia
de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de
Andalucía, según las recoge la Ley 7/2006, constando los siguientes ANTECEDENTES
DE HECHO:
PRIMERO. - Boletín de denuncia expedido por los Agentes de la Policía Local N.º:
16841 y 10303, con fecha de 26 de abril de 2024, por la que se denuncia el consumo de
bebidas alcohólicas fuera de las zonas permitidas y arrojar fuera de los puntos de
depósito de basuras, envases y restos de bebidas, en concreto, en Calle Los Curas, en
la localidad de Pulpí (Almería), el pasado día 26 de abril de 2024 a las veinte horas y
treinta y cinco minutos, resultando ser denunciado D. OSCAR ROBERTO RUPAY
ERREVARA, con NIE núm. ***4240**.
SEGUNDO. - Decreto de Alcaldía núm. 196-24, de fecha 6 de junio de 2024, que
acuerda la incoación de expediente sancionador por dos infracciones de carácter leve
tipificadas en el art. 8.1. y 8.2. de la Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre Potestades
Administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos
de los municipios de Andalucía.
TERCERO. - Tras la notificación al interesado del citado Decreto no se han
formulado alegaciones frente al mismo, en el plazo previsto para ello.
A los anteriores hechos, resultan de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE
DERECHO:
PRIMERO. - El Alcalde es el órgano competente para resolver este expediente
sancionador en virtud de lo establecido en el art. 21.1.n) de la ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
SEGUNDO. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.2.f) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dado que no se han presentado alegaciones sobre el
contenido de la iniciación del procedimiento este puede ser considerado propuesta de
resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad
imputada.
cve: BOE-N-2025-e2e0fa25a7126e6f6d021739a21178c4ac001678
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Núm. 89