Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Villanueva Del Pardillo. (BOE-N-2025-274450)
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento de bajas por inclusión indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento de bajas por inclusión
indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
ID: N2500269315
Segúnlo establecido en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación de las
Entidades Locales, en concordancia con el artículo 54 del mismo, y en aplicación de lo
previsto en el artículo 5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por al que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, incumpliéndose los requisitos y las
condiciones exigidas para estar inscritos en el Padrón de Habitantes de este municipio,
se pone en conocimiento de los siguientes interesados la incoación de oficio del
expediente para proceder a darles de baja en el mismo:
Documento identidad
X06612558N
X05276241H
Lo que se publica en aplicación de lo previsto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada
la imposibilidad de notificar personalmente a los interesados, para su conocimiento y a
los efectos oportunos.
Villanueva del Pardillo, 8 de abril de 2025.- Eduardo Fernández Navarro, Alcalde
Presidente
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-e72375af4a344cfe246c7937021c90ff9dde624d
Verificable en https://www.boe.es
Contra tal presunción se les concede un término de audiencia de quince días desde
el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOE para la presentación de
alegaciones y de documentación y justificaciones que estimen pertinentes al objeto de
acreditarsu residencia o que es en este municipio en el que reside durante más tiempo al
año en el caso de vivir en varios.
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO
Anuncio de notificación de 8 de abril de 2025 en procedimiento de bajas por inclusión
indebida en el Padrón Municipal de Habitantes.
ID: N2500269315
Segúnlo establecido en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación de las
Entidades Locales, en concordancia con el artículo 54 del mismo, y en aplicación de lo
previsto en el artículo 5.2.4.1 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por al que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, incumpliéndose los requisitos y las
condiciones exigidas para estar inscritos en el Padrón de Habitantes de este municipio,
se pone en conocimiento de los siguientes interesados la incoación de oficio del
expediente para proceder a darles de baja en el mismo:
Documento identidad
X06612558N
X05276241H
Lo que se publica en aplicación de lo previsto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada
la imposibilidad de notificar personalmente a los interesados, para su conocimiento y a
los efectos oportunos.
Villanueva del Pardillo, 8 de abril de 2025.- Eduardo Fernández Navarro, Alcalde
Presidente
https://www.boe.es
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cve: BOE-N-2025-e72375af4a344cfe246c7937021c90ff9dde624d
Verificable en https://www.boe.es
Contra tal presunción se les concede un término de audiencia de quince días desde
el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el BOE para la presentación de
alegaciones y de documentación y justificaciones que estimen pertinentes al objeto de
acreditarsu residencia o que es en este municipio en el que reside durante más tiempo al
año en el caso de vivir en varios.