Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Arrigorriaga. (BOE-N-2025-274412)
Anuncio de notificación de 7 de abril de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón municipal de habitantes por Decreto de alcaldía de fecha 31 de marzo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Sábado 12 de abril de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
Anuncio de notificación de 7 de abril de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón
municipal de habitantes por Decreto de alcaldía de fecha 31 de marzo de 2025.
ID: N2500266330

No se ha podido notificar de forma expresa a la persona interesada la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde reside en la actualidad:
Agiri zk./Nº doc.
****5496

Se hace pública la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
ANTECEDENTES:
Ha sido solicitada a este Ayuntamiento la baja en el Padrón de Habitantes de las
personas relacionadas en el apartado abajo anexo, por causa de inscripción indebida ya
que no residen en el domicilio en el que constan empadronadas.
EI Ayuntamiento ha verificado este hecho mediante informe de la Policía Local.
El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del Padrón
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren empadronadas y no
cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho Reglamento.

HE RESUELTO:
Primero: Iniciar el expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes
de cada una de las personas que se señalan a continuación, debido a que no residen en
el domicilio en el que constan empadronadas.
Segundo: Cada una de dichas personas dispone de un plazo máximo de 10 días
para realizar alguna de las siguientes acciones:
- Acreditar ante este Ayuntamiento que su inscripción del padrón de habitantes es
correcta en la dirección señalada,
- Comunicar el municipio al que haya trasladado su residencia, o bien,
- Alegar lo que considere oportuno.
Tercero: Hacer saber a las personas interesadas que, cuando el Ayuntamiento no
disponga de una dirección en la que notificar esta resolución o, una vez intentada no se
hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de
edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Estado.

cve: BOE-N-2025-185bf265556819bb8b6eef1067e2c37cc507430f
Verificable en https://www.boe.es

Por todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere la legalidad
vigente,