Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Cervelló. (BOE-N-2025-274409)
Anuncio de notificación de 3 de abril de 2025 en procedimiento acuerdo de Junta de Gobierno Local de 8 de juliol de 2024 de aprobación liquidación provisional de las cuotas urbanísticas del proyecto de reparcelación de Can Paulet.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de abril de 2025

Supl. N. Pág. 2

2016, y como consecuencia de ello, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de
Cervelló en fecha 26 de marzo de 2019 acordó autorizar la disolución de la Junta de
Compensación y se inició la redacción y tramitación del proyecto de reparcelación.
El proyecto de reparcelación aprobado definitivamente establece el coste estimado
de los gastos generados por el desarrollo urbanístico del sector, que se concretan en la
cuenta de liquidación provisional por importe total de 506.547,09 €, y establece los
porcentajes de participación y los saldos individuales a los que quedan afectos cada una
de las fincas resultantes. Estos saldos se entenderán provisionales y por cuenta, hasta
que se apruebe la liquidación definitiva de la reparcelación.
De conformidad con el artículo 154.2 del Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley de urbanismo, las fincas resultantes de los
proyectos de reparcelación, de acuerdo con la legislación urbanística, quedan afectadas
al pago del saldo de la cuenta de liquidación provisional de la reparcelación.
En el sistema de cooperación, los propietarios aportan el suelo de cesión obligatoria
y el Ayuntamiento, a tal fin, les exige el pago de las cuotas urbanísticas
correspondientes.
Forman parte de los gastos de la cuenta de liquidación provisional el coste de las
indemnizaciones a satisfacer a las personas propietarias a las que no se adjudica suelo
de acuerdo con el proyecto de reparcelación por tratarse sus fincas de terrenos de
cesión obligatoria destinados a sistemas, indemnizaciones que son necesarias para
hacer efectivo el principio de distribución equitativa de beneficios y cargas entre los
propietarios del sector, y que en total ascienden a un importe de 446.547,09 EUR.
Figura como parte de los ingresos de la cuenta de liquidación provisional el saldo
final de la cuenta bancaria proveniente de la disolución de la Junta de Compensación de
Can Paulet - Sector UP2 fue de 101.986,30 EUR, constante su ingreso contabilizado
como no presupuestaria con número de operación 320200000318.
Visto que la aprobación de la liquidación definitiva da lugar a la liquidación de las
correspondientes cuotas urbanísticas siendo que la administración actuante puede exigir
el pago anticipado de las cuotas urbanísticas de conformidad con el artículo 181 del
Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
urbanismo, se considera la aprobación de la imposición de cuotas urbanísticas por un
importe parcial de 344.560,73 EUR, destinadas a sufragar los gastos urbanísticos en
concepto de indemnizaciones, una vez descontado el importe correspondiente al saldo
bancario proveniente de la disolución de la Junta de Compensación de Can Paulet Sector UP2.
En bien entendido que, como la recaudación tanto en voluntaria como en ejecutiva,
de las cuotas urbanísticas, se encuentra delegada a favor del Organismo de Gestión
Tributaria (ORGT) de la Diputación de Barcelona que lleva a cabo la gestión y
recaudación de ingresos de derecho público, será este organismo autónomo local quien
realizará las funciones de notificación individual de las cuotas urbanísticas y su cobro.
Visto el informe del tesorero de fecha 14 de junio de 2024 que figura en el
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana.
Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido
de la Ley de urbanismo, y Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto
refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de
agosto.

cve: BOE-N-2025-2b6e8d029b9ecf4e2775c1cae89c9be208f3860b
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 89