Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Ejido, El. (BOE-N-2025-274389)
Anuncio de notificación de 20 de marzo de 2025 en procedimiento Inicio de la Declaración Responsable para el ejercicio de la Actividad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
SE DEBE ACOMPAÑAR LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN EL PROPIO
FORMULARIO, NO APORTADA ANTERIORMENTE:
1.- Justificante del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio en formulario al
efecto (modelo SRCA).
2.- Certificado realizado por técnico competente en el que se justifique que el
establecimiento cumple la normativa que le afecta. Se certificará de forma expresa que
cumple con las condiciones de seguridad contra incendios y de accesibilidad que son de
aplicación al establecimiento. Se incluirá un plano con superficies construidas, útiles,
cotas, mobiliario, accesibilidad, medios de protección contra incendios, aforo y situación.
LAS DEFICIENCIAS ANTERIORMENTE SEÑALADAS, SE CONSIDERAN DE
CARÁCTER ESENCIAL
Según lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 155/2018, por el que se aprueba
el catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos de Andalucía:
“De acuerdo con lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que
se incorpore a una declaración responsable o la no presentación ante la Administración
competente de la misma o de la documentación que sea en su caso requerida para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con
el ejercicio de la actividad afectada
desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.” Por tanto:
PROCEDERIA INICIAR EL TRAMITE PARA DEJAR SIN EFECTO LA COMUNICACIÓN
PREVIA CPEA PRESENTADA EN FECHA 8/06/2021 Y ORDENAR COMO MEDIDA
PROVISIONAL LA SUSPENSION DE LA ACTIVIDAD”
una declaración responsable o la no presentación ante la Administración competente
de la misma o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el
cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos,
sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera
lugar.
” Por tanto:
PROCEDERIA INICIAR EL TRAMITE PARA DEJAR
DECLARACION RESPONSABLE DRAH PRESENTADA.
SIN
EFECTO
LA
2º.- Conceder al interesado un plazo de diez días contados a partir del día siguiente
al recibo de la notificación de la resolución, para que pueda formular alegaciones y
presentar cuantos documentos y justificaciones tenga por conveniente en defensa de sus
derechos e intereses.
3º.- Ordenar como MEDIDA PROVISIONAL el CESE de la actividad de
ESTABLECIMIENTO ESPECIAL DE HOSTELERÍA CON MÚSICA, con emplazamiento
en Paseo de Las Lomas 195, de El Ejido,”, al amparo de lo previsto en los artículos 56 y
69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-N-2025-4af1bf963f9315c791d512cbb966bb2da8b3538d
Verificable en https://www.boe.es
Según lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 155/2018, por el que se aprueba
el catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos de Andalucía: “De acuerdo con lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de
cualquier dato o información que se incorpore a
Núm. 89
Sábado 12 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 2
SE DEBE ACOMPAÑAR LA DOCUMENTACIÓN INDICADA EN EL PROPIO
FORMULARIO, NO APORTADA ANTERIORMENTE:
1.- Justificante del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio en formulario al
efecto (modelo SRCA).
2.- Certificado realizado por técnico competente en el que se justifique que el
establecimiento cumple la normativa que le afecta. Se certificará de forma expresa que
cumple con las condiciones de seguridad contra incendios y de accesibilidad que son de
aplicación al establecimiento. Se incluirá un plano con superficies construidas, útiles,
cotas, mobiliario, accesibilidad, medios de protección contra incendios, aforo y situación.
LAS DEFICIENCIAS ANTERIORMENTE SEÑALADAS, SE CONSIDERAN DE
CARÁCTER ESENCIAL
Según lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 155/2018, por el que se aprueba
el catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos de Andalucía:
“De acuerdo con lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que
se incorpore a una declaración responsable o la no presentación ante la Administración
competente de la misma o de la documentación que sea en su caso requerida para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con
el ejercicio de la actividad afectada
desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.” Por tanto:
PROCEDERIA INICIAR EL TRAMITE PARA DEJAR SIN EFECTO LA COMUNICACIÓN
PREVIA CPEA PRESENTADA EN FECHA 8/06/2021 Y ORDENAR COMO MEDIDA
PROVISIONAL LA SUSPENSION DE LA ACTIVIDAD”
una declaración responsable o la no presentación ante la Administración competente
de la misma o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el
cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos,
sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera
lugar.
” Por tanto:
PROCEDERIA INICIAR EL TRAMITE PARA DEJAR
DECLARACION RESPONSABLE DRAH PRESENTADA.
SIN
EFECTO
LA
2º.- Conceder al interesado un plazo de diez días contados a partir del día siguiente
al recibo de la notificación de la resolución, para que pueda formular alegaciones y
presentar cuantos documentos y justificaciones tenga por conveniente en defensa de sus
derechos e intereses.
3º.- Ordenar como MEDIDA PROVISIONAL el CESE de la actividad de
ESTABLECIMIENTO ESPECIAL DE HOSTELERÍA CON MÚSICA, con emplazamiento
en Paseo de Las Lomas 195, de El Ejido,”, al amparo de lo previsto en los artículos 56 y
69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
cve: BOE-N-2025-4af1bf963f9315c791d512cbb966bb2da8b3538d
Verificable en https://www.boe.es
Según lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 155/2018, por el que se aprueba
el catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos de Andalucía: “De acuerdo con lo establecido en el artículo 69.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de
cualquier dato o información que se incorpore a