Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Teulada. (BOE-N-2025-253380)
Anuncio de notificación de 28 de marzo de 2025 en procedimientos Edicto Notificaciones bajas en el Padrón Municipal de Habitantes por inscripción indebida a petición de terceros.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
G313582
12840-2024
Y09721598H
12725-2024
24443748S
12810-2024
Supl. N. Pág. 2
SEGUNDO.- Determinar como fecha efectiva de la baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que prevé
la normativa de procedimiento administrativo vigente.”
Si desea impugnar esta resolución, debe interponer recurso contencioso
administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su notificación. Alternativamente y de forma
potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha
dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
notificación. También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere
adecuado y que sea procedente de conformidad con la normativa vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos procedentes.
cve: BOE-N-2025-345056eeb5c96b02ca52c7ee512d29430ba73194
Verificable en https://www.boe.es
TEULADA, 28 de marzo de 2025.- VICENTE RAÚL LLOBELL SIGNES ALCALDEPRESIDENTE
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 83
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G313582
12840-2024
Y09721598H
12725-2024
24443748S
12810-2024
Supl. N. Pág. 2
SEGUNDO.- Determinar como fecha efectiva de la baja la correspondiente a la de la
notificación personal o, en caso de no ser posible, por los medios alternativos que prevé
la normativa de procedimiento administrativo vigente.”
Si desea impugnar esta resolución, debe interponer recurso contencioso
administrativo ante la Jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su notificación. Alternativamente y de forma
potestativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha
dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su
notificación. También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere
adecuado y que sea procedente de conformidad con la normativa vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos procedentes.
cve: BOE-N-2025-345056eeb5c96b02ca52c7ee512d29430ba73194
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TEULADA, 28 de marzo de 2025.- VICENTE RAÚL LLOBELL SIGNES ALCALDEPRESIDENTE
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