Administración Local. Granada. Ayuntamiento De Moclín. (BOE-N-2025-253402)
Anuncio de notificación de 1 de abril de 2025 en procedimiento Resolución de Alcaldía n.º 2025-0118, de fecha 19/02/2025, del Ayuntamiento de Moclín por la que se notifica el inicio del expediente de baja de oficio en el padrón municipal por notificación fallida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GRANADA
AYUNTAMIENTO DE MOCLÍN
Anuncio de notificación de 1 de abril de 2025 en procedimiento Resolución de Alcaldía
n.º 2025-0118, de fecha 19/02/2025, del Ayuntamiento de Moclín por la que se notifica el
inicio del expediente de baja de oficio en el padrón municipal por notificación fallida.
ID: N2500247507
No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de Alcaldía
de fecha 13/03/2025, en relación con la baja de oficio en el padrón municipal por
inscripción indebida de:
Marbelly Antonia Miranda Torrez C03*****54
En cumplimiento de lo dispuesto por la Providencia de Alcaldía de fecha 28/03/2025
y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en
concordancia en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la
Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, mediante el presente anuncio, se
hace pública dicha resolución:
Asimismo, de conformidad con la Resolución de 24 de febrero de 2006, de la Oficina
del Censo Electoral, sobre la repercusión de las bajas de oficio por inscripción indebida
en los padrones municipales y procedimiento de control de las altas en el Censo
Electoral, las bajas de oficio por inclusión inscripción indebida tramitadas por los
ayuntamientos repercutirán en el Censo Electoral.
La publicación del presente anuncio tiene meramente efectos informativos, siendo
facultativa y previa a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la cual
se considerarán notificados a las personas interesadas en el procedimiento objeto de la
misma a todos los efectos; todo ello tal y como establece el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas en concordancia en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de
29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de
febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección
General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas
a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
Moclín (Granada), 1 de abril de 2025.- El Alcalde-Presidente, Marco Antonio Pérez
Mazuecos
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a652b969c073b49a267812707c3c07bf6fbcdbec
Verificable en https://www.boe.es
«Requerir al afectado, dándole audiencia por plazo de diez días, para que manifieste
si está o no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en
este municipio en el que reside durante más tiempo al año, en el caso de vivir en varios
municipios».
Núm. 83
Sábado 5 de abril de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GRANADA
AYUNTAMIENTO DE MOCLÍN
Anuncio de notificación de 1 de abril de 2025 en procedimiento Resolución de Alcaldía
n.º 2025-0118, de fecha 19/02/2025, del Ayuntamiento de Moclín por la que se notifica el
inicio del expediente de baja de oficio en el padrón municipal por notificación fallida.
ID: N2500247507
No habiéndose podido practicar la notificación personal de la Resolución de Alcaldía
de fecha 13/03/2025, en relación con la baja de oficio en el padrón municipal por
inscripción indebida de:
Marbelly Antonia Miranda Torrez C03*****54
En cumplimiento de lo dispuesto por la Providencia de Alcaldía de fecha 28/03/2025
y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en
concordancia en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de 29 de abril de 2020, de la
Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la
Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los
Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, mediante el presente anuncio, se
hace pública dicha resolución:
Asimismo, de conformidad con la Resolución de 24 de febrero de 2006, de la Oficina
del Censo Electoral, sobre la repercusión de las bajas de oficio por inscripción indebida
en los padrones municipales y procedimiento de control de las altas en el Censo
Electoral, las bajas de oficio por inclusión inscripción indebida tramitadas por los
ayuntamientos repercutirán en el Censo Electoral.
La publicación del presente anuncio tiene meramente efectos informativos, siendo
facultativa y previa a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, con la cual
se considerarán notificados a las personas interesadas en el procedimiento objeto de la
misma a todos los efectos; todo ello tal y como establece el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas en concordancia en el apartado 5.2.4.1 de la Resolución de
29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de
febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección
General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas
a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
Moclín (Granada), 1 de abril de 2025.- El Alcalde-Presidente, Marco Antonio Pérez
Mazuecos
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-a652b969c073b49a267812707c3c07bf6fbcdbec
Verificable en https://www.boe.es
«Requerir al afectado, dándole audiencia por plazo de diez días, para que manifieste
si está o no de acuerdo con la baja pudiendo, en este último caso, alegar y presentar los
documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en
este municipio en el que reside durante más tiempo al año, en el caso de vivir en varios
municipios».