Estado. Ministerio De Educación, Formación Profesional Y Deportes. Secretaría De Estado De Educación. (BOE-N-2025-195992)
S.G. DE BECAS, AYUDAS AL ESTUDIO Y PROMOCIÓN EDUCATIVA. Anuncio de notificación de 12 de marzo de 2025 en procedimiento de reintegros de becas, sobre la notificación de resoluciones de expedientes de revocación de becas y ayudas al estudio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y
DEPORTES
SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
S.G. DE BECAS, AYUDAS AL ESTUDIO Y PROMOCIÓN EDUCATIVA. Anuncio de
notificación de 12 de marzo de 2025 en procedimiento de reintegros de becas, sobre la
notificación de resoluciones de expedientes de revocación de becas y ayudas al estudio.
ID: N2500188352
Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados que se
relacionan a continuación, conforme disponen los artículos 41 a 46 de la Ley 39/2015 de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE del 2), a efectos de notificación al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, debe publicarse como encabezamiento y parte dispositiva
de las resoluciones el siguiente extracto:
La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa resuelve que procede el
reintegro de las becas adjudicadas a los alumnos que se relacionan a continuación, a los
que se le requiere para que realicen el pago mediante el modelo 069 que podrá ser
solicitado en la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción
Educativa, (Servicio de Verificación y Control, teléfono 91 3 77 83 73, calle Torrelaguna,
58. 28027- Madrid), según lo ordenado por el artículo 94.5 del Real Decreto 887//2006,
de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado del 25), por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Relación de destinatarios y de los responsables solidarios, en su caso, indicándose
el curso académico al que corresponde la beca e importe a reintegrar.
BENEFICIARIO
CURSO
73680918G
2022/2023 872,48
euros 20820229P
X4029031Y
2020/2021 2.111,16
euros X4809644E
MEZZIANE, MOHAMED AMIN 2020/2021 2.111,16
euros X4029031Y
78296309P
2020/2021 3.225,50
euros
50592421B
2020/2021 3.090,99
euros
Y4800171Q
2020/2021 fraccionado
45929494N
2022/2023 1.081,18
euros X3320731Z
51772918X
2022/2023 1.179,30
euros 53236103G
44735124D
2023/2024 2.817,29
euros
REINTEGRO
REPRESENTANTE LEGAL
cve: BOE-N-2025-64a045b784e2646ee7f35129b7b5859f8e5a02a1
Verificable en https://www.boe.es
Contra las presentes resoluciones, que son definitivas en la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998.
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y
DEPORTES
SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
S.G. DE BECAS, AYUDAS AL ESTUDIO Y PROMOCIÓN EDUCATIVA. Anuncio de
notificación de 12 de marzo de 2025 en procedimiento de reintegros de becas, sobre la
notificación de resoluciones de expedientes de revocación de becas y ayudas al estudio.
ID: N2500188352
Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados que se
relacionan a continuación, conforme disponen los artículos 41 a 46 de la Ley 39/2015 de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
(BOE del 2), a efectos de notificación al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, debe publicarse como encabezamiento y parte dispositiva
de las resoluciones el siguiente extracto:
La Dirección General de Planificación y Gestión Educativa resuelve que procede el
reintegro de las becas adjudicadas a los alumnos que se relacionan a continuación, a los
que se le requiere para que realicen el pago mediante el modelo 069 que podrá ser
solicitado en la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción
Educativa, (Servicio de Verificación y Control, teléfono 91 3 77 83 73, calle Torrelaguna,
58. 28027- Madrid), según lo ordenado por el artículo 94.5 del Real Decreto 887//2006,
de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado del 25), por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Relación de destinatarios y de los responsables solidarios, en su caso, indicándose
el curso académico al que corresponde la beca e importe a reintegrar.
BENEFICIARIO
CURSO
73680918G
2022/2023 872,48
euros 20820229P
X4029031Y
2020/2021 2.111,16
euros X4809644E
MEZZIANE, MOHAMED AMIN 2020/2021 2.111,16
euros X4029031Y
78296309P
2020/2021 3.225,50
euros
50592421B
2020/2021 3.090,99
euros
Y4800171Q
2020/2021 fraccionado
45929494N
2022/2023 1.081,18
euros X3320731Z
51772918X
2022/2023 1.179,30
euros 53236103G
44735124D
2023/2024 2.817,29
euros
REINTEGRO
REPRESENTANTE LEGAL
cve: BOE-N-2025-64a045b784e2646ee7f35129b7b5859f8e5a02a1
Verificable en https://www.boe.es
Contra las presentes resoluciones, que son definitivas en la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998.