Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Santa Cruz De Tenerife. (BOE-N-2025-197542)
SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de seguridad ciudadana, consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de
13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de seguridad ciudadana,
consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
ID: N2500194438
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), y habiendo resultado infructuosa la notificación practicada al
interesado, se publica extracto del Decreto de resolución sancionadora en materia de
seguridad ciudadana, consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
Nº ExpedienteSCE DNI/NIE
Infracción y Referencia Normativa
Importe Sanción
648/2024/SCE
Leve (Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de
protección de la Seguridad Ciudadana).
100 €
54056510R
Conforme al artículo 53 de la LPACAP, se hace constar que podrá solicitar la puesta
a disposición del expediente mediante solicitud general a través de la Sede Electrónica
del
Excmo.
Ayuntamiento
de
Santa
Cruz
de
Tenerife
(https://
sede.santacruzdetenerife.es/sede/inicio) o en cualquiera de los registros establecidos al
efecto contemplados en el artículo 16.4 de la LPACAP.
Plazo para efectuar el ingreso:
Si la notificación de la resolución sancionadora se realiza entre los días 16 y último
de cada mes, desde la fecha de recepción hasta el 5 del segundo mes posterior o, si
éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Si vencido el plazo voluntario del ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se
iniciará el procedimiento de apremio, con los recargo, intereses y costas que procedan.
FORMA DE PAGO:
El pago abonarse en la siguiente cuenta, haciendo constar en el documento de
ingreso el nombre y primer apellido de la persona responsable y el número de
expediente que figure en el encabezado de la notificación:
Cuenta:
ES14 2100 8987 34 0200020179
Entidad bancaria: CAIXABANK
El justificante de ingreso deberá remitirlo al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife a través de Solicitud General en la Sede Electrónica https://
sede.santacruzdetenerife.es/sede/inicio) o en cualquiera de los registros establecidos al
afecto contemplados en el artículo 16.4 de la LPACAP.
cve: BOE-N-2025-97da0e83854185278e854044524efd2fece9dec1
Verificable en https://www.boe.es
Si la notificación de la resolución sancionadora se realiza entre los días 1 y 15 de
cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
SANTA CRUZ DE TENERIFE
AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de
13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador en materia de seguridad ciudadana,
consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
ID: N2500194438
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), y habiendo resultado infructuosa la notificación practicada al
interesado, se publica extracto del Decreto de resolución sancionadora en materia de
seguridad ciudadana, consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
Nº ExpedienteSCE DNI/NIE
Infracción y Referencia Normativa
Importe Sanción
648/2024/SCE
Leve (Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de
protección de la Seguridad Ciudadana).
100 €
54056510R
Conforme al artículo 53 de la LPACAP, se hace constar que podrá solicitar la puesta
a disposición del expediente mediante solicitud general a través de la Sede Electrónica
del
Excmo.
Ayuntamiento
de
Santa
Cruz
de
Tenerife
(https://
sede.santacruzdetenerife.es/sede/inicio) o en cualquiera de los registros establecidos al
efecto contemplados en el artículo 16.4 de la LPACAP.
Plazo para efectuar el ingreso:
Si la notificación de la resolución sancionadora se realiza entre los días 16 y último
de cada mes, desde la fecha de recepción hasta el 5 del segundo mes posterior o, si
éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Si vencido el plazo voluntario del ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se
iniciará el procedimiento de apremio, con los recargo, intereses y costas que procedan.
FORMA DE PAGO:
El pago abonarse en la siguiente cuenta, haciendo constar en el documento de
ingreso el nombre y primer apellido de la persona responsable y el número de
expediente que figure en el encabezado de la notificación:
Cuenta:
ES14 2100 8987 34 0200020179
Entidad bancaria: CAIXABANK
El justificante de ingreso deberá remitirlo al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife a través de Solicitud General en la Sede Electrónica https://
sede.santacruzdetenerife.es/sede/inicio) o en cualquiera de los registros establecidos al
afecto contemplados en el artículo 16.4 de la LPACAP.
cve: BOE-N-2025-97da0e83854185278e854044524efd2fece9dec1
Verificable en https://www.boe.es
Si la notificación de la resolución sancionadora se realiza entre los días 1 y 15 de
cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.