Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Almazora/almassora. (BOE-N-2025-196736)
SANCIONES. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Imposición sanción expediente sancionador núm. 31/2024/sanani.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE ALMAZORA/ALMASSORA
SANCIONES. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento
Imposición sanción expediente sancionador núm. 31/2024/sanani.
ID: N2500195469

Intentada sin éxito la notificación de la resolución núm. 2025/678 al interesado/a con
DNI/NIE/NIF núm. Y9312376N y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a la publicación de la citada notificación en el
Boletín Oficial del Estado, adaptando su contenido a las exigencias de la legislación del
protección de datos, siendo su texto el siguiente:
La Alcaldía del Ayuntamiento de Almassora
HECHOS
1. Visto el expediente sancionador núm. 31/2024/SANANI incoado por este
Ayuntamiento a XXXXXXXXXXXXXXXXX, por NO ADOPTAR LAS MEDIDAS
NECESARIAS PARA NO PRODUCIR MOLESTIAS (SE LE HA ESCAPADO EN
DIVERSAS OCASIONES). C/ CERVERA DEL MAESTRAT. DÍA 18/10/2024, A LAS
18:40 H.
2. Resultando que en el expediente se ha seguido la tramitación preceptiva, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4. Considerando que se entiende probada la comisión de la infracción señalada
anteriormente.
5. Considerando que tal como se indica en el traslado del decreto de incoación del
procedimiento, éste tiene el carácter de simplificado y no habiéndose apreciado que el
mismo constituye infracción grave, se pasa a resolver el procedimiento.
Fundamentos de derecho
1. Considerando que en el expediente queda probado que se ha cometido una
infracción a lo establecido en el artículo 58.7 de la Ordenanza Municipal Reguladora de
la Tenencia de Animales por NO ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA NO
PRODUCIR MOLESTIAS (SE LE HA ESCAPADO EN DIVERSAS OCASIONES). C/
CERVERA DEL MAESTRAT. DÍA 18/10/2024, A LAS 18:40 H., como se acredita en el
boletín de denuncia núm. 2015 de la Policía Local.
2. Considerando que la infracción se califica de leve, según el artículo 58 de la
Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia de Animales.

cve: BOE-N-2025-dfaebff1fc4539913d4c508e4629fd3c2c389443
Verificable en https://www.boe.es

3. Resultando que se ha notificado al interesado la incoación del expediente
sancionador simplificado el día 17/02/2025 (BOE 41) concediéndole un plazo de
audiencia de 5 días hábiles, sin que haya presentado alegaciones al expediente
sancionador.