Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Pontevedra. (BOE-N-2025-198601)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VIGO 4 Y BIENES MUEBLES (BUQUES). Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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ocupados por la edificación, y linda en su conjunto: Norte, Ramona García González y
Ceferino Prado Salgueiro; Sur y Este, caminos; y Oeste, María Cristina Da Cuña
Martínez.
Descripción registral actual de la finca:URBANA.- Casa de planta baja sin dividir, y
piso a vivienda, señalada con el número 11, hoy 20, al Barrio de Serralleira-Sabarís,
municipio de Baiona; mide el bajo ochenta metros cuadrados y el piso setenta y cinco
metros cincuenta decímetros cuadrados.- Tiene un terreno circundante al nombramiento
de "VELECHO" o "SERRALLEIRA", de quinientos cincuenta y cinco metros cuadrados, y
todo forma una sola finca de la mensura de seis áreas treinta y cinco centiáreas, y linda:
Norte, propiedad de Emilio Rouzo y Ángel Pino; Sur y Este, caminos; y Oeste, propiedad
de Secundino González.Dicha finca es colindante con la parcela catastral con referencia catastral
54003A026001140000HS, de su titularidad.
Conforme al artículo 199.1 de la LH, el registrador notificará a los titulares de
parcelas catastrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que
puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su
parcela catastral. Para ello, puede usted comprobar en el siguiente enlace que la
representación gráfica de la finca cuya inscripción se solicita es correcta y no perjudica la
situación física de su finca.
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idufir/36019000010204
La representación gráfica se obtiene del Informe de Validación gráfica frente a
parcelario catastral con CSV NY6AS0PG3J9WP8A5, que puede consultarse en la Sede
Electrónica del Catastro.
Si quiere realizar cualquier alegación, en plazo de 20 días, desde la recepción de la
presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.

cve: BOE-N-2025-5ca43ab4702bfb8e2ee3d59194f18021aad6b31e
Verificable en https://www.boe.es

Vigo, 14 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, Irene Bemposta Iglesias

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X