Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Valencia. (BOE-N-2025-198762)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PICASSENT 1. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Notificación artículo 199 de la Ley Hipotecaria a colindante Registral tras dos intentos frustados por correo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

Descripción que constará tras la inscripción de la modificación de cabida y
representación gráfica:
URBANA.- CASA-CHALET, sita en término de Picassent, Urbanización Sant Lluis
número 5. La total superficie solar es de novecientos quince metros con sesenta y cuatro
decímetros cuadrados.- Hoy linda: Norte o frente, calle de acceso de la Urbanización
Sant Lluis, Urbanización Sant Lluis 4 ; Sur, parcela 113 del polígono 40 y parcela 53;
Este, parcela 110 y parte de parcela 89 ; y Oeste, Urbanización Sant Lluis 6.REFERENCIA CATASTRAL: Referencia/s catastral/es: 0287010YJ2508N0001KK
En su condición de posible afectado o interesado, y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, tras dos intentos frustrados de notificación por
correo postal, por la presente se le notifica:
1.- Que se ha iniciado el procedimiento de inscripción gráfica y coordinación con el
catastro regulado en dicho artículo 199 de la Ley Hipotecaria así como en los artículos 9
y 10 de la misma, en relación con la finca cuyos datos y titular se indican anteriormente.
2.- Que de los archivos del Registro figura usted como/ colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular de la finca indicada anteriormente, /que es colindante
con la anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
4.- Pero lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción gráfica y
rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o rectificación de
la delimitación gráfica y superficie de su parcela catastral ni de los datos descriptivos que
consten en la inscripción de su finca en el Registro.

6.- Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de los veinte días siguientes a
lapublicación del presente edicto, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede usted remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada,
notarialmente. Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas
físicas deberá acreditarse dicha representación. Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Picassent nº 1. Avenida del Norte, número 31, bajo. CP:
46.220, PICASSENT
Picassent, 13 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, Nuria Raga Sastre

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-53a8cb6d58289377c9bc5f71d75c8d100a9a4f6e
Verificable en https://www.boe.es

5.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación catastral no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.