Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Murcia. (BOE-N-2025-198532)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MAZARRÓN. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 4

es la parcela 9005 del polígono 45 del Ayuntamiento de Mazarrón. Está atravesada de
Este a Oeste por el camino del caño del Molino, también conocido como camino del
Puente que es la parcela 9005 del polígono 45 del Ayuntamiento de Mazarrón, quedando
al Norte del citado camino una superficie de cinco mil ochocientos diecisiete metros y
sesenta y dos decímetros cuadrados y al sur del camino una superficie de cuatro mil
seiscientos noventa y cuatro metros, ochenta y tres decímetros y treinta centímetros
cuadrados.REFERENCIAS
CATASTRALES:
30026A045000150000ZT
Y
30026A045000130000ZP.
Dicha descripción resulta de la ampliación de obra sobre la siguiente finca: En
término de Mazarrón, Diputación de Moreras, Paraje de San Telmo, Vulcano, trozo de
tierra de labor secano y pastos, hoy SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO de cabida
una hectárea, cinco áreas, doce centiáreas, cuarenta y cinco decímetros cuadrados y
treinta decímetros cuadrados, sobre la que están construidas una nave industrial y una
zona de aparcamientos. La nave industrial de planta baja, tiene una superficie construida
de seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, distribuida en diferentes
dependencias y está ubicada aproximadamente en el centro del terreno sobre el que se
alza. La zona de aparcamientos tiene una superficie construida de sesenta y dos metros
con cincuenta decímetros cuadrados y está ubicada al norte del terreno sobre el que se
alza. Tanto la nave industrial como la zona de aparcamientos, tienen su acceso desde el
desvío de la carretera nacional 332, por medio de una zona de tránsito habilitada en el
terreno sobre el que se alza. La total superficie construida de la edificación es de
setecientos diez metros con cincuenta decímetros cuadrados, superficie que es idéntica
a la superficie ocupada por la edificación sobre la que se alza. El resto del terreno sin
edificar se destina a zona de ensanches y de tránsito. Dentro de estos linderos y cabida
existe una casa en ruinas y una pequeña balsa. Linda: Norte, carretera autonómica
RM-332, que es la parcela 9006 del polígono 45; Sur, Rambla de las Moreras, que es la
parcela 9016 del polígono 45; Este, parcela 16 del polígono 45 de María López Acosta y
parcela 17 del polígono 45 de María López Acosta; y Oeste, parcela 12 del polígono 45
de Ana Hernández Juárez y camino del Puente que es la parcela 9005 del polígono 45
del Ayuntamiento de Mazarrón. Está atravesada de Este a Oeste por el camino del caño
del Molino, también conocido como camino del Puente que es la parcela 9005 del
polígono 45 del Ayuntamiento de Mazarrón, quedando al Norte del citado camino una
superficie de cinco mil ochocientos diecisiete metros y sesenta y dos decímetros
cuadrados y al sur del camino una superficie de cuatro mil seiscientos noventa y cuatro
metros, ochenta y tres decímetros y treinta centímetros cuadrados.
Por último, los promotores del expediente DON GINÉS NAVARRO CARMONA y
DOÑA MARIANA INMACULADA NAVARRO CARMONA, previa renuncia de DOÑA
ENCARNACIÓN CARMONA PARRA se adjudican la finca segregada y el resto, por
mitades indivisas entre ellos.
La representación geográfica de la finca cuya inscripción se solicita podrá
consultarse en:
https://geoportal.registradores.org/geoportal/idtramite/ID30028200001214
Y la representación gráfica georreferenciada alternativa de las dos fincas segregadas
y del resto de la finca matriz es la que se corresponde con la que resulta del Informe de
Validación Gráfica frente a Parcelario Catastral con CSV número C4VVZ1WDKD7SR0FV
que se puede consultar en la sede electrónica del Catastro.
El Registrador conforme a dicho artículo notifica a los titulares de las parcelas
catastrales colindantes y a los titulares registrales colindantes a quienes pueda afectar
esta inscripción para que puedan hacer las alegaciones oportunas, si estiman que se
produce invasión de su parcela catastral y/o finca registral.
En el plazo de 20 días, desde la publicación del presente, podrá usted comparecer
ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga, bien

cve: BOE-N-2025-fbe641bad10896ebfec0c57d3e92e9fb6a1cc9d1
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 66