Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Toledo. (BOE-N-2025-198711)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LILLO. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Exceso de cabida conforme al artículo 201 de la Ley Hipotecaria ignorandose el lugar de notificación de los titulares de las fincas colindantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Juliana Toribio Carpintero, Don Alvaro Toribio Rodriguez y Don Carlos Toribio Rodriguez
mediante escritura otorgada en TEMBLEQUE el cuatro de febrero del año dos mil
veinticinco, ante el Notario DOÑA MICAELA PONTONES DEL AMO, número 83/2025 de
protocolo.
El presente edicto se publica a fin de que los posibles interesados en el referido
exceso de cabida de la finca puedan ejercitar en el juicio declarativo correspondiente lo
que a su derecho convenga.
Todo lo cual se notifica a los colindantes de la citada finca en cumplimiento de lo
dispuesto en el citado artículo 201 de la Ley Hipotecaria, haciendo saber que conforme
al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro practicados están bajo la
salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su
inexactitud en los términos establecidos en esta Ley.
cve: BOE-N-2025-41888d5218a5295997a198eba45745f84843c375
Verificable en https://www.boe.es
Lillo, 13 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, María López Mejía
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
Juliana Toribio Carpintero, Don Alvaro Toribio Rodriguez y Don Carlos Toribio Rodriguez
mediante escritura otorgada en TEMBLEQUE el cuatro de febrero del año dos mil
veinticinco, ante el Notario DOÑA MICAELA PONTONES DEL AMO, número 83/2025 de
protocolo.
El presente edicto se publica a fin de que los posibles interesados en el referido
exceso de cabida de la finca puedan ejercitar en el juicio declarativo correspondiente lo
que a su derecho convenga.
Todo lo cual se notifica a los colindantes de la citada finca en cumplimiento de lo
dispuesto en el citado artículo 201 de la Ley Hipotecaria, haciendo saber que conforme
al artículo 1 de la misma Ley, los asientos del Registro practicados están bajo la
salvaguardia de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su
inexactitud en los términos establecidos en esta Ley.
cve: BOE-N-2025-41888d5218a5295997a198eba45745f84843c375
Verificable en https://www.boe.es
Lillo, 13 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, María López Mejía
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X