Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Huelva. (BOE-N-2025-198290)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HUELVA 1. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Art 201 3a) LHFinca 5145 Gibraleón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 2

y Manuel Mora Sánchez. El citado don Julián no otorgó disposición testamentaria, por lo
que fue realizada la correspondiente acta de Declaración de Herederos Abintestato, en
Gibraleón, ante la Notario doña Margarita Casas Pimentel, iniciada el ocho de enero de
dos mil ocho y finalizada el doce de Febrero siguiente, números 14 y 167 de protocolo,
por la que se declaraban únicos y universales herederos a sus nombrados hijos, sin
perjuicio de la cuota legal usufructuaria perteneciente a su citada esposa; lo que se
acredita con dicha acta. La mencionada doña Bella consignó su última voluntad en
testamento otorgado en Gibraleón, el cuatro de Febrero de mil novecientos setenta y
tres, ante el Notario don José Millán y García Patiño, número 56 de protocolo, en el que
dispuso lo siguiente: ""Instituyó herederos, por iguales partes, a sus mencionados
hijos…""; justificándose tales extremos con el correspondiente certificado de defunción –
expedido por el Registro Civil de Gibraleón- y últimas voluntades –expedido por el
Registro General de Ultimas Voluntades-, junto con copia autorizada del referido
testamento. Don Julián Mora Sánchez, hijo de los anteriores causantes, falleció en
Gibraleón, el siete de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, en estado de viudo de
sus únicas nupcias con Doña Francisca Mora Rodríguez, de cuyo matrimonio hubo dos
únicas hijas, llamadas Doña Bella Mora Mora Y Doña Francisca Mora Mora, la primera
de ellas, fallecida con posterioridad al causante, en estado de soltera y sin
descendientes. El causante había otorgado su último testamento abierto el día uno de
junio de mil novecientos ochenta y uno, ante el Notario que fue de Gibraleón, Don Jesús
Vozmediano Roldan, con el número 612 de protocolo, en el que “”instituyó herederas de
todos sus bienes por mitad e iguales partes, a sus dos nombradas hijas Bella y Francisca
Mora Mora, y a falta de alguna de ellas los descendientes que dejaran””; justificándose
tales extremos con el correspondiente certificado de defunción –expedido por el Registro
Civil de Gibraleón- y últimas voluntades –expedido por el Registro General de Ultimas
Voluntades-, junto con copia autorizada del referido testamento. Doña Bella Mora Mora,
hija del anterior causante y nieta de los titulares registrales, falleció en Gibraleón, el uno
de Febrero de mil novecientos ochenta y ocho, en estado de soltera, si dejar
descendientes ni ascendientes, no habiendo otorgado disposición testamentaria, por lo
que fue realizada la correspondiente acta de Declaración de Herederos Abintestato, en
Gibraleón, ante el notario de Trigueros, don César Ceres Ocaña, como sustituto por
vacante de la notaría de aquella plaza, iniciada el catorce de Octubre de dos mil
veintidós y finalizada el dieciocho de Noviembre siguiente, números 1564 y 1811 de
protocolo, por la que se declaraba única y universal heredera a su nombrada hermana
doña Francisca Mora Mora; lo que se acredita con dicha acta. Don Francisco Mora
Sánchez, hijo de los titulares registrales, falleció en Sevilla, el diez de diciembre de mil
novecientos ochenta y cuatro, en estado de viudo de doña María Teresa de la Rosa
Mora, de cuyo matrimonio hubo dos únicos hijos, llamados, Julián y Antonio Mora de la
Rosa; sin haber otorgado testamento, por lo que se otorgó la correspondiente acta de
declaración de herederos abintestato en Sevilla, el diecisiete de diciembre de dos mil
cuatro, ante el Notario Don Luis Peche Rubio, número 5093 de protocolo, finalizada en
virtud de diligencia de fecha uno de febrero de dos mil cinco, por la que fueron
declarados herederos abintestato del causante a sus dos citados hijos; según se acredita
con dicha acta. Don José Mora Sánchez, hijo de los titulares registrales, falleció en
Gibraleón, el catorce de diciembre de mil novecientos noventa y dos, en estado de
soltero y sin descendientes. El causante, falleció sin haber otorgado testamento, por lo
que en virtud de auto de declaración de herederos abintestato autorizado en el Juzgado
de Primera Instancia número Seis de Huelva, con el numero 108/2008, de fecha
veintiuno de abril de dos mil ocho, aclarado por otro de veinticinco de septiembre de dos
mil nueve, declarando la firmeza de los mismos, el trece de mayo de dos mil diez, y
según testimonio de auto de fecha nueve de Marzo de dos mil diez, expedido por don
Juan Manuel Ríos Nieto, Secretario de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de
Huelva, en recurso de apelación civil 20/2014, fueron declarados herederos abintestato
del causante, su hermano, Don Manuel Mora Sánchez, en un tercio de las herencia,
Doña Francisca Mora Mora, en otro tercio y don Antonio Mora de la Rosa y don Julián

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Núm. 66