Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Alicante. (BOE-N-2025-197899)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COCENTAINA. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento Artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
2.- Que de los archivos del Registro figura usted como/ colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular de la finca registral que es colindante con la
anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
4.- Sin embargo, lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción
gráfica y rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o
rectificación de los datos descriptivos que consten en la inscripción de su finca en el
Registro.
5.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación presentada no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.
6.-Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de veinte días siguientes a la
recepción de la presente notificación, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, notarialmente.
Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas físicas deberá
acreditarse dicha representación.
Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Cocentaina. C/Músico Gustavo Pascual nº5. C.P.03820
COCENTAINA (Alicante)
FINCA COLINDANTE
03006000248777.
CUYA
GRÁFICA
ES
OBJETO
DE
INSCRIPCIÓN:
DESCRIPCION REGISTRAL QUE CONSTA INSCRITA: RUSTICA: Suerte de tierra
secana, toda ella plantada de olivos, situada en término de Cocentaina, distrito de San
Rafael, Partida de la Mota, conocida por Mallol. Superficie: Ocupa una extensión
superficial de siete hanegadas y media, aproximadamente, igual a setenta y dos áreas,
treinta y dos centiáreas 7.232 m2. Existiendo UNA EDIFICACION AISLADA destinada a
VIVIENDA y otra EDIFICACION aneja de la anterior destinada a TRASTERO, ambas de
un solo cuerpo EDIFICATORIO que se levanta sobre una suerte de tierra secana, toda
ella plantada de olivos, situada en término de Cocentaina, Distrito de San Rafael, partida
de la Mota, conocida Mallol. Superficie: El terreno sobre el que se levantan las
edificaciones ocupa una extensión superficial de setenta y dos áreas, treinta y dos
centiáreas; siendo las superficies construidas de las edificaciones que se levantan sobre
dicho terreno las siguientes: a) La EDIFICACION AISLADA destinada a VIVIENDA, con
porche cubierto, desván y garaje-trastero,tiene una superficie construida total de ciento
treinta y seis metros y cuarenta y cinco decímetros cuadrados ( 136,45 m2), de los que la
vivienda tiene setenta y tres metros y setenta y ocho decímetros cuadrados ( 73,78 m2);
el garaje-trastero mide veintidós metros y setenta y dos decímetros cuadrados ( 22,72
m2); el desván, situado bajo cubierta accendiéndose mediante escalera interior, tiene
veintiocho metros y diez decímetros cuadrados ( 28,10 m2) y el porche cubierto,
contabilizado éste al 50 %, tiene una superficie de once metros y ochenta y cinco
decímetros cuadrados ( 11,85 m2), siendo la superficie total construida de esta
edificación si el porche se computase al 100% de ciento cuarenta y ocho metros y treinta
decímetros cuadrados ( 148,30 m2). b) La EDIFICACION destinada a TRASTERO para
aperos tiene una superficie construida de treinta y un metros y un decímetros cuadrados
cve: BOE-N-2025-245c5d1dca222976a3ceae4ce1e6effb0f801f46
Verificable en https://www.boe.es
DATOS REGISTRALES: Fincas registral 10687 DE COCENTAINA
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
2.- Que de los archivos del Registro figura usted como/ colindante catastral/ titular del
dominio público colindante/ titular de la finca registral que es colindante con la
anteriormente citada.
3.- Que la inscripción gráfica y coordinación con el catastro consiste en inscribir en el
Registro el listado de coordenadas que delimitan la parcela catastral colindante, lo cual
llevará consigo necesariamente la rectificación de la superficie que figure en Registro de
dicha finca colindante para adecuarla a la superficie gráfica catastral.
4.- Sin embargo, lo anterior debe entenderse en el sentido de que la inscripción
gráfica y rectificación de superficie de la finca colindante no supone modificación o
rectificación de los datos descriptivos que consten en la inscripción de su finca en el
Registro.
5.- Que no obstante lo anterior, el artículo 199 citado de la Ley Hipotecaria establece
la necesidad de notificar dicha circunstancia a los colindantes, para que en el caso de
considerar que la delimitación presentada no se corresponde con la realidad física de las
fincas, puedan efectuar las alegaciones oportunas en el plazo de 20 días hábiles
contados desde el siguiente al que reciba usted la presente notificación.
6.-Conforme al precepto legal citado, caso de que quiera efectuar las alegaciones
que a su derecho convenga, podrá realizarlas en el plazo de veinte días siguientes a la
recepción de la presente notificación, compareciendo personalmente en el Registro, o
también puede remitir sus alegaciones por escrito con firma legitimada, notarialmente.
Caso de actuar en representación de personas jurídicas u otras personas físicas deberá
acreditarse dicha representación.
Todo lo anterior, a la siguiente dirección:
Registro de la Propiedad de Cocentaina. C/Músico Gustavo Pascual nº5. C.P.03820
COCENTAINA (Alicante)
FINCA COLINDANTE
03006000248777.
CUYA
GRÁFICA
ES
OBJETO
DE
INSCRIPCIÓN:
DESCRIPCION REGISTRAL QUE CONSTA INSCRITA: RUSTICA: Suerte de tierra
secana, toda ella plantada de olivos, situada en término de Cocentaina, distrito de San
Rafael, Partida de la Mota, conocida por Mallol. Superficie: Ocupa una extensión
superficial de siete hanegadas y media, aproximadamente, igual a setenta y dos áreas,
treinta y dos centiáreas 7.232 m2. Existiendo UNA EDIFICACION AISLADA destinada a
VIVIENDA y otra EDIFICACION aneja de la anterior destinada a TRASTERO, ambas de
un solo cuerpo EDIFICATORIO que se levanta sobre una suerte de tierra secana, toda
ella plantada de olivos, situada en término de Cocentaina, Distrito de San Rafael, partida
de la Mota, conocida Mallol. Superficie: El terreno sobre el que se levantan las
edificaciones ocupa una extensión superficial de setenta y dos áreas, treinta y dos
centiáreas; siendo las superficies construidas de las edificaciones que se levantan sobre
dicho terreno las siguientes: a) La EDIFICACION AISLADA destinada a VIVIENDA, con
porche cubierto, desván y garaje-trastero,tiene una superficie construida total de ciento
treinta y seis metros y cuarenta y cinco decímetros cuadrados ( 136,45 m2), de los que la
vivienda tiene setenta y tres metros y setenta y ocho decímetros cuadrados ( 73,78 m2);
el garaje-trastero mide veintidós metros y setenta y dos decímetros cuadrados ( 22,72
m2); el desván, situado bajo cubierta accendiéndose mediante escalera interior, tiene
veintiocho metros y diez decímetros cuadrados ( 28,10 m2) y el porche cubierto,
contabilizado éste al 50 %, tiene una superficie de once metros y ochenta y cinco
decímetros cuadrados ( 11,85 m2), siendo la superficie total construida de esta
edificación si el porche se computase al 100% de ciento cuarenta y ocho metros y treinta
decímetros cuadrados ( 148,30 m2). b) La EDIFICACION destinada a TRASTERO para
aperos tiene una superficie construida de treinta y un metros y un decímetros cuadrados
cve: BOE-N-2025-245c5d1dca222976a3ceae4ce1e6effb0f801f46
Verificable en https://www.boe.es
DATOS REGISTRALES: Fincas registral 10687 DE COCENTAINA