Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. León. (BOE-N-2025-198386)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ASTORGA. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento relativa a la comunicación colindante artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
LEÓN
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ASTORGA. Anuncio de notificación de 13 de marzo
de 2025 en procedimiento relativa a la comunicación colindante artículo 199 de la Ley
Hipotecaria.
ID: N2500193249

comunicación colindante artículo 199 de la ley Hipotecaria
Código de la Finca Registral: 24001000395752
Promotor del expediente:
Asiento de Presentación: 380 del Diario 2025
Fecha de presentación: 13/02/2025
Información de la representación gráfica que se pretende inscribir
Referencia/s catastral/es: 8964208TN5186S0001ZS, 24041A110052750000ZE
Para general conocimiento de posibles interesados desconocidos, y al ser imposible
de fijar con certeza los posibles titulares registrales, por el presente EDICTO que se hace
público y notifica que se ha iniciado el expediente citado con la finalidad de calificar si
procede inscribir en el Registro de la Propiedad la representación gráfica y lista de
coordenadas de los vértices de la finca con la referencia catastral citada, de lo cual
certifico.
En el plazo de 20 días, desde la publicación del presente Edicto, podrá usted
comparecer ante el Registrador para alegar y justificar lo que a su derecho convenga,
bien personalmente, previa solicitud, o por escrito con firma legitimada notarialmente, o
con firma electrónica reconocida y presentada telemáticamente en el Registro de la
Propiedad. Si actúa por medio de representante deberá este acreditar la representación,
con los documentos públicos necesarios al efecto, remitiéndolo a la dirección del
Registro de la Propiedad.
En el caso de no comparecer y justificar la oposición se presumirá que no se opone a
la inscripción de la representación geográfica notificada.
A la vista de las alegaciones efectuadas, el Registrador decidirá motivadamente
según su prudente criterio, sin que la mera oposición de quien no haya acreditado ser
titular registral de la finca o de cualquiera de las registrales colindantes determine
necesariamente la denegación de la inscripción.

cve: BOE-N-2025-5f8e9efa8b8f419bd600aa148c794a9e51437ca0
Verificable en https://www.boe.es

Colindante a notificar: Francisco Javier Leal Pérez