Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Badajoz. (BOE-N-2025-198078)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALMENDRALEJO. Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento Notificación a linderos según el artículo 199 de la Ley Hipotecaria (3600/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
2712020QC3721S0001RR, por lo que podrá consultar la representación gráfica que se
pretende inscribir en la sede electrónica del catastro.
Conforme al artículo 199.1 de la LH, el registrador notificará a los titulares de fincas
registrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que puedan hacer
las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca registral.
Para presentar cualquier alegación, en plazo de 20 días hábiles desde la recepción
de la presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-c766cc89180e024895fb0b499d55b9d8908051f1
Verificable en https://www.boe.es
Almendralejo, 14 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, Basilio Javier Aguirre
Fernández
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 2
2712020QC3721S0001RR, por lo que podrá consultar la representación gráfica que se
pretende inscribir en la sede electrónica del catastro.
Conforme al artículo 199.1 de la LH, el registrador notificará a los titulares de fincas
registrales colindantes a quienes pueda afectar esta inscripción para que puedan hacer
las alegaciones oportunas, si estiman que se produce invasión de su finca registral.
Para presentar cualquier alegación, en plazo de 20 días hábiles desde la recepción
de la presente, podrá comparecer ante este Registro de la Propiedad, acreditando la
titularidad de su derecho y los documentos que la fundamenten. La mera oposición
injustificada puede ser considerada insuficiente por el registrador para paralizar el
expediente, según el citado artículo 199.
cve: BOE-N-2025-c766cc89180e024895fb0b499d55b9d8908051f1
Verificable en https://www.boe.es
Almendralejo, 14 de marzo de 2025.- El/La Registrador/a, Basilio Javier Aguirre
Fernández
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