Administración Local. Madrid. Ayuntamiento De Madrid. (BOE-N-2025-197221)
DISTRITO DE VICÁLVARO. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en procedimiento de devolución garantía de residuos de expediente 119/2021/01424.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MADRID
AYUNTAMIENTO DE MADRID
DISTRITO DE VICÁLVARO. Anuncio de notificación de 3 de marzo de 2025 en
procedimiento de devolución garantía de residuos de expediente 119/2021/01424.
ID: N2500196113

Intentada sin efecto la notificación individual al interesado con NIF 51391411G en
cumplimiento de lo previsto en el art. 44 en concordancia con el 46 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, del siguiente
requerimiento:
“Único: DENEGAR al interesado con NIF 51391411G su solicitud de fecha
30/06/2021 de Devolución garantía de residuos 150,00 euros abonada en la Declaración
Responsable nº de expediente 350/2020/00086 en CM VIEJO DE VICALVARO NUM 45
a la vista del informe emitido por los Servicios Técnicos de fecha 12/02/2024 que indica:
“ (..) se ha ejecutado la actuación y no se ha presentado certificado de la correcta gestión
de residuos.”
Lo que le notifico para su conocimiento y efecto, advirtiéndole que contra la
expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos
que se indican a continuación, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier
otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas – BOE núm. 236,
de 2 de octubre de 2015):
- RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el órgano que dictó el acto, en el
plazo de UN MES, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente
notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin
haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto
de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que
se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución
expresa.
- Directamente, recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, ante el órgano
jurisdiccional competente, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente
a la recepción de la presente notificación.
II.- En especial, para actos sobre aplicación de los tributos locales:
- RECLAMACIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA, en el plazo de UN MES,
contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, mediante
escrito dirigido al órgano que ha dictado el acto objeto de la reclamación, que lo remitirá
al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid para su tramitación y
resolución. Transcurrido el plazo de un año, o seis meses en reclamaciones de cuantía
inferior a 600 euros, desde la interposición de la reclamación sin haberse notificado
resolución expresa, podrá considerar desestimada la misma al objeto de interponer, en el

cve: BOE-N-2025-986903c0eed0a958c23591a92a1fe5a0c6d37ed1
Verificable en https://www.boe.es

I.- Con carácter general: