Administración Local. Gipuzkoa. Ayuntamiento De Donostia/san Sebastián. (BOE-N-2025-196863)
DIRECCIÓN DE PRESIDENCIA. Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimientos de Dirección Presidencia [11215].
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
GIPUZKOA
AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA/SAN SEBASTIÁN
DIRECCIÓN DE PRESIDENCIA. Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en
procedimientos de Dirección Presidencia [11215].
ID: N2500195122

DIRECCIÓN PRESIDENCIA
Intentada sin efecto la notificación arriba indicada en la forma legalmente prevista
(art. 40, 42 y 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas), se publica este anuncio en cumplimiento de lo
dispuesto en el art. 44 de la citada ley, sirviendo este anuncio de notificación individual.
Por lo tanto, se hacen públicas resoluciones dictadas por Concejal delegado de
Gobernanza, Por delegación de la Junta de Gobierno Local de 21 de junio de 2019, cuyo
texto es el siguiente:
El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del Padrón
de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren empadronadas y no
cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho Reglamento.
Por la información de que se dispone, las personas abajo indicadas no residen en el
domicilio en el que están empadronadas.
Visto lo que antecede,
RESUELVO

La baja en el Padrón Municipal de Habitantes dará lugar, también, a la baja en el
Censo Electoral.
2.- Concederles un plazo de diez días para alegar y presentar los documentos y
justificaciones que estimen pertinentes al objeto de acreditar su correcta inscripción en el
Padrón de Habitantes de este municipio o, en su caso, comunicar el municipio al que se
hayan trasladado.
3.- Si no presentan alegaciones, y previo informe del Consejo Provincial de
Empadronamiento, darles de baja en el Padrón Municipal de Habitantes.
Contra lo establecido en el punto 3 de la presente resolución, por ser definitivo en vía
administrativa, podrán interponer recurso de reposición ante Concejal delegado de
Gobernanza, en el plazo de un mes, o impugnarla directamente, en el plazo de dos
meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián.
Los plazos señalados se computarán a partir del día siguiente al de recibo de la
presente notificación, o en su defecto, al de la publicación en el Boletín Oficial del
Estado.

cve: BOE-N-2025-4e1bc0ecda42b1b03fb8e0a0310261ad892ffd6a
Verificable en https://www.boe.es

1.- Ordenar el inicio de expediente de baja de oficio del Padrón de Habitantes, por
inscripción indebida, de las personas abajo indicadas.