Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De La Rioja. Consejería De Salud Y Políticas Sociales. (BOE-N-2025-196220)
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CONSUMO Y CUIDADOS. Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador, de la resolución del expediente 2024/00149.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA, CONSUMO Y CUIDADOS. Anuncio de
notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador, de la resolución del
expediente 2024/00149.
ID: N2500196451

De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre
del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y una vez
intentada la notificación en el último domicilio conocido sin que se haya podido llevar a
cabo, se hace pública la notificación de la Resolución dictada por la Directora General de
Salud Pública, Consumo y Cuidados en el procedimiento sancionador Expediente
2024/00149 a la persona física que se relaciona:
Interesado: 71348091K
Hecho imputado: deficiencias técnico-sanitarias en establecimiento alimentario.
Normas sustantivas infringidas: artículos 3 y 4.2; Capítulo I: 1, 2.c), 2.d) y 4; Capítulo
II: 1.d) y 1.f); Capítulo V: 1.a), 1.b) y 2 y Capítulo IX: 2 y 3 del ANEXO II del Reglamento
(CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004;
artículos 8.1 y 9.1 de la Ley 17/2011 de 5 de julio y artículo 14 del Reglamento (CE) Nº
178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002.
Infracción calificada como leve en aplicación de los criterios recogidos en párrafo 1º
del artículo 51 de la Ley 17/2011 de 5 de julio (riesgo para la salud, posición en el
mercado del infractor, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de intencionalidad,
gravedad de la alteración sanitaria, generalización de la infracción y reincidencia) y
conforme a la tipificación que se hace en el artículo 51.1.pto 10º de la Ley 17/2011 de 5
de julio; por incumplimiento de lo regulado en:
Acuerdo de sanción: 500 euros.
Advirtiéndole que la resolución que se publica no agota la vía administrativa,
pudiendo si desea impugnarla, interponer contra la misma recurso de alzada ante el
Viceconsejero de Salud y Políticas Socionitarias en el plazo de un mes a contar a partir
del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación del presente anuncio.
Se le notifica, así mismo, que vencido el plazo de interponer recurso de alzada y una
vez firme el expediente; deberá, en periodo voluntario, hacer efectivo el importe de la
sanción por ingreso directo en la cuenta del Banco Santander: ES 21 0049 6684 19
2316139135, transcurrido el cual se remitirá para su exacción por la vía de apremio.
El expediente se encuentra a disposición del interesado en la Dirección General de
Salud Pública, Consumo y Cuidados, C/ Vara de Rey, 8 1ªplanta, Logroño.
Logroño, 13 de marzo de 2025.- La Directora General de Salud Pública, Consumo y
Cuidados, Eva Martínez Ochoa

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-N-2025-3a61244409df99cd8b44bee8835c9cd7561125ea
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Tipificada como infracción en artículo 50.1.e) de la Ley 17/2011 de 5 de julio.