Estado. Ministerio Para La Transición Ecológica Y El Reto Demográfico. Secretaría De Estado De Energía. (BOE-N-2025-196084)
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ENERGÉTICA. Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento por el que se da publicidad a la propuesta de resolución del procedimiento sancionador al sujeto obligado denominado Energía Costa Dorada, S.L., por incumplimiento de su obligación de aportación económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en 2023 recogida en la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, en relación con el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ENERGÉTICA.
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento por el que se da
publicidad a la propuesta de resolución del procedimiento sancionador al sujeto obligado
denominado Energía Costa Dorada, S.L., por incumplimiento de su obligación de
aportación económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en 2023 recogida en la
Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, en relación con el sistema nacional de
obligaciones de eficiencia energética.
ID: N2500196431
Habiéndose intentado la notificación de la propuesta de resolución del procedimiento
sancionador en el domicilio señalado a estos efectos por el interesado, así como la
notificación telemática, y no habiéndose podido practicar las mismas por resultar
infructuosas, se procede, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, a notificar mediante este anuncio la citada propuesta de resolución
correspondiente al sujeto Energía Costa Dorada, S.L.con CIF: B55691018. Asimismo, se
dispone la continuación del procedimiento previsto en el artículo 84 de la Ley 18/2014,
de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia (Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia
Energética) correspondiente a los sujetos obligados, advirtiendo que podrán comparecer,
en el plazo de los quince días siguientes a la publicación de este anuncio, ante la
Dirección General de Planificacion y Coordinación Energética (Paseo de la Castellana,
160; 28046 Madrid) para tomar conocimiento íntegro del mencionado acto que concluye:
“Primero.- Declarar al sujeto obligado denominado ENERGIA COSTA DORADA, S.L.
responsable de la comisión de una infracción LEVE tipificada en el artículo 79.3.a) de la
Ley 18/2014, de 15 de octubre, al no haber ingresado, dentro de los plazos establecidos,
la cuantía que le correspondía aportar al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, tal y
como le era exigible a tenor de los artículos 70.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y
la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de
aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2023.
Segundo. - Imponer a ENERGIA COSTA DORADA, S.L., por la comisión de dicha
infracción, la sanción de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS Y SIETE
CÉNTIMOS DE EURO (1.442,07.- €), siempre que esta cuantía no supere el 10 por
ciento del importe anual de la cifra de negocios de ENERGIA COSTA DORADA, S.L., o
el 10 por ciento del importe anual de la cifra de negocios consolidada de la sociedad
matriz del grupo al que pertenezca, en aplicación del artículo 81.3 de la Ley 18/2014, de
15 de octubre.”
Al mismo tiempo se concede un plazo de quince días, a contar desde la presente
notificación, para que pueda formular las alegaciones y presentar los documentos y
justificaciones que estime pertinentes, ya sea directamente en el Registro General del
cve: BOE-N-2025-b1b052ab810b0eab4234c0f45764624c41045eb5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ESTADO
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ENERGÉTICA.
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento por el que se da
publicidad a la propuesta de resolución del procedimiento sancionador al sujeto obligado
denominado Energía Costa Dorada, S.L., por incumplimiento de su obligación de
aportación económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en 2023 recogida en la
Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, en relación con el sistema nacional de
obligaciones de eficiencia energética.
ID: N2500196431
Habiéndose intentado la notificación de la propuesta de resolución del procedimiento
sancionador en el domicilio señalado a estos efectos por el interesado, así como la
notificación telemática, y no habiéndose podido practicar las mismas por resultar
infructuosas, se procede, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, a notificar mediante este anuncio la citada propuesta de resolución
correspondiente al sujeto Energía Costa Dorada, S.L.con CIF: B55691018. Asimismo, se
dispone la continuación del procedimiento previsto en el artículo 84 de la Ley 18/2014,
de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la
competitividad y la eficiencia (Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia
Energética) correspondiente a los sujetos obligados, advirtiendo que podrán comparecer,
en el plazo de los quince días siguientes a la publicación de este anuncio, ante la
Dirección General de Planificacion y Coordinación Energética (Paseo de la Castellana,
160; 28046 Madrid) para tomar conocimiento íntegro del mencionado acto que concluye:
“Primero.- Declarar al sujeto obligado denominado ENERGIA COSTA DORADA, S.L.
responsable de la comisión de una infracción LEVE tipificada en el artículo 79.3.a) de la
Ley 18/2014, de 15 de octubre, al no haber ingresado, dentro de los plazos establecidos,
la cuantía que le correspondía aportar al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, tal y
como le era exigible a tenor de los artículos 70.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y
la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de
aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2023.
Segundo. - Imponer a ENERGIA COSTA DORADA, S.L., por la comisión de dicha
infracción, la sanción de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS Y SIETE
CÉNTIMOS DE EURO (1.442,07.- €), siempre que esta cuantía no supere el 10 por
ciento del importe anual de la cifra de negocios de ENERGIA COSTA DORADA, S.L., o
el 10 por ciento del importe anual de la cifra de negocios consolidada de la sociedad
matriz del grupo al que pertenezca, en aplicación del artículo 81.3 de la Ley 18/2014, de
15 de octubre.”
Al mismo tiempo se concede un plazo de quince días, a contar desde la presente
notificación, para que pueda formular las alegaciones y presentar los documentos y
justificaciones que estime pertinentes, ya sea directamente en el Registro General del
cve: BOE-N-2025-b1b052ab810b0eab4234c0f45764624c41045eb5
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 66