Administración Local. Bizkaia. Ayuntamiento De Arrigorriaga. (BOE-N-2025-196694)
Anuncio de notificación de 9 de marzo de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón municipal de habitantes (Decretos de 6, 10, 12 y 13 de febrero de 2025).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
Anuncio de notificación de 9 de marzo de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón
municipal de habitantes (Decretos de 6, 10, 12 y 13 de febrero de 2025).
ID: N2500188788
No se ha podido notificar de forma expresa a la persona interesada la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde reside en la actualidad:
*****856
****9552*
***2558**
***7422**
Se hace pública la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
ANTECEDENTES:
1. Ha sido solicitada a este Ayuntamiento la baja en el Padrón de habitantes de las
personas relacionadas en el apartado abajo anexo, por causa de inscripción indebida ya
que no residen en el domicilio en el que constan empadronadas.
2. El Ayuntamiento ha verificado este hecho mediante informe de la Policía Local y
ha sido emitido informe favorable del desempadronamiento por el Instituto Nacional de
Estadística
Padrón de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren
empadronadas y no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho
Reglamento.
Por todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere la legalidad
vigente,
Primero: Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de cada una de
las personas que se señalan a continuación, debido a que no residen en el domicilio en
el que constan empadronadas.
Segundo: Hacer saber a las personas interesadas que, cuando el Ayuntamiento no
disponga de una dirección en la que notificar esta resolución o, una vez intentada no se
hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de
edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero: Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Servicio de
Atención Ciudadana (SAC).
Nº doc.
cve: BOE-N-2025-36f163b51639021d4938c7e773bbd65b632cf4bc
Verificable en https://www.boe.es
3. El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BIZKAIA
AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA
Anuncio de notificación de 9 de marzo de 2025 en procedimiento Bajas en el padrón
municipal de habitantes (Decretos de 6, 10, 12 y 13 de febrero de 2025).
ID: N2500188788
No se ha podido notificar de forma expresa a la persona interesada la resolución que
a continuación se recoge por desconocerse el lugar donde reside en la actualidad:
*****856
****9552*
***2558**
***7422**
Se hace pública la presente resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
ANTECEDENTES:
1. Ha sido solicitada a este Ayuntamiento la baja en el Padrón de habitantes de las
personas relacionadas en el apartado abajo anexo, por causa de inscripción indebida ya
que no residen en el domicilio en el que constan empadronadas.
2. El Ayuntamiento ha verificado este hecho mediante informe de la Policía Local y
ha sido emitido informe favorable del desempadronamiento por el Instituto Nacional de
Estadística
Padrón de Habitantes, por inscripción indebida, a las personas que figuren
empadronadas y no cumplan los requisitos establecidos en el artículo 54 de dicho
Reglamento.
Por todo lo anterior, y en virtud de las atribuciones que me confiere la legalidad
vigente,
Primero: Dar de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de cada una de
las personas que se señalan a continuación, debido a que no residen en el domicilio en
el que constan empadronadas.
Segundo: Hacer saber a las personas interesadas que, cuando el Ayuntamiento no
disponga de una dirección en la que notificar esta resolución o, una vez intentada no se
hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de
edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial del Estado.
Tercero: Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Servicio de
Atención Ciudadana (SAC).
Nº doc.
cve: BOE-N-2025-36f163b51639021d4938c7e773bbd65b632cf4bc
Verificable en https://www.boe.es
3. El artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, establece que los Ayuntamientos darán de baja de oficio del