Administración Local. Murcia. Ayuntamiento De Alhama De Murcia. (BOE-N-2025-197422)
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento Sanciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
MURCIA
AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento Sanciones.
ID: N2500195534

NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE EXPEDIENTES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 y siguientes del Real Decreto
Legislativo 6/2015 de 30 de Octubre se hace pública la notificación de la iniciación de los
expedientes sancionadores que se indican, incoados a las personas o entidades
denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Este edicto se mantendrá expuesto en el Boletín Oficial del Estado durante un
periodo de veinte días naturales . Finalizado este plazo la notificación se tendrá por
practicada.
A) CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: La multa fijada podrá hacerla efectiva, con
una reducción del 50%, durante los 20 días naturales siguientes a su notificación en el
BOE, en la Oficina de Atención al Contribuyente, de lunes a viernes en horario de 9 a 14
horas y martes de 16 a 18,30 horas (excepto los meses de verano y festividades),
Entidades Colaboradoras o mediante giro postal indicando el nº de expediente y nombre
del titular. Este pago con la reducción citada implicará la terminación del procedimiento el
día del pago y la renuncia a formular alegaciones, siendo recurrible únicamente en vía
contencioso-administrativa.
B) DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En virtud del art. 95.1 del R.D. 6/2015,
puede formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las
pruebas que estime oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, ante el Sr. AlcaldePresidente de este Ayuntamiento. Así mismo, hacerle saber que:
1. Infracciones muy graves y graves con detracción de puntos: Si no formula
alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales, la presente
notificación será considerada propuesta de resolución. 2. Infracciones leves y graves sin
detracción de puntos: Si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el
plazo de 20 días naturales, la presente notificación surte efecto de acto resolutorio del
procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se
procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días naturales de su notificación,
momento en que adquirirá firmeza, quedando entonces abierta la vía contenciosoadministrativa. 3. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la
firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo
por el procedimiento de apremio. (Art. 110 R.D.L. 6/2015). 4. Si en la columna
(Requerimiento) aparece el número (1), se requiere al denunciado que se cita, titular del
vehículo objeto de la denuncia, para que identifique en el plazo de 20 días naturales al
conductor del mismo en la fecha abajo indicada. En caso de que no cumpla con el deber
legal de identificar al conductor del vehículo en el plazo citado, se le iniciará expediente
sancionador por infracción al artículo 11.1 del R.D.L. 6/2015. 5. Si en la columna
(Requerimiento) aparece el número (2), puede abonar la multa, de acuerdo y con las

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Núm. 66