Administración Local. Cantabria. Ayuntamiento De Santander. (BOE-N-2025-196730)
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento sanciones anm.2025.00017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Martes 18 de marzo de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CANTABRIA
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento sanciones
anm.2025.00017.
ID: N2500195375

Expediente Nº: SAL.ANM.2025.00017
Servicio: Salud
Habiéndose intentado practicar la notificación de la Resolución dictada por la
Concejala delegada de Servicios Sociales, Familia, Salud, Autonomía Personal e
Igualdad, de fecha 19/02/2025, al interesado con DNI/CIF 72062674V, y en cumplimiento
del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas, procédase a practicar la notificación por medio
de anuncios en el Boletín Oficial del Estado, de la citada resolución que a continuación
se transcribe:
Resultando que por la Policía Local y comprobado por los Agentes el día 09/02/2025,
a las 00:15 horas, se denuncia a la persona identificada con DNI/NIF 72062674V, por no
recoger los excrementos depositados por su yegua en la vía pública en La Gloria 54.

Considerando que el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la
posibilidad de que si el infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el
procedimiento con la imposición de sanción que proceda, y que si se realiza el pago
voluntario en cualquier momento anterior a dicha resolución, implicará la terminación del
procedimiento. En ambos casos, se aplicará reducciones de, al menos, el 20 % sobre el
importe de la sanción propuesta, siendo éstos acumulables entre sí.
Basándose en lo anterior, esta Concejalia Delegada, de conformidad con lo
establecido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad
sancionadora, y en uso de la delegación conferida por Decreto de Alcaldía de
20/06/2023, conforme a la facultad que le atribuye el artículo 124.5 de Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero.- Iniciar expediente sancionador frente a la persona identificada con DNI/NIF
72062674V, por no recoger los excrementos depositados por su yegua en la vía pública

cve: BOE-N-2025-5f79bf6d18b6df37e18986509added62eb653711
Verificable en https://www.boe.es

Considerando que el artículo 20 de la Ordenanza sobre tenencia de perros y otros
animales domésticos dice: Las personas que conduzcan los perros están obligados a
adoptar las medidas necesarias para impedir que se ensucien las vías y espacios
públicos, debiendo recoger los excrementos que los animales depositen en las aceras,
vías, espacios públicos, jardines o parques· Considerando que el artículo 48.2 de la
Ordenanza sobre tenencia de perros y otros animales domésticos considera falta grave:
F) No recoger los excrementos que el animal deposite en las aceras, vías, espacios
públicos, jardines o parques, siendo la sanción aplicable según el artículo 47.2 B) con
una multa de hasta 200 EUROS.