Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Mojácar. (BOE-N-2025-196516)
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de marzo de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE MOJÁCAR
Anuncio de notificación de 14 de marzo de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500196684

FRANCISCO GARCIA CERDA, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mojacar
(Almería).
HACE SABER: Que habiendo resultado infructuosas las diligencias practicadas por
este Ayuntamiento para localizar al interesado y hacerle entrega de la notificación
correspondiente, se efectúa el presente edicto, conforme al Art. 44 de la ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se hace pública notificacion de la Resolución Finalizando el procedimiento
Sancionadores, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se
relacionan, ya que habiéndose intentado la notificacioón según se regula en el artículo
42 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura de la Policia Local-Sanciones
Ordenanzas, a disposicion de los interesados/as. Desarrollandose los procedimientos de
acuerdo con el principio de acceso permanente, por tanto, en cualquier momento los
interesados tienen derecho a conocer el estado de la tramitación, a acceder y obtener
copias de los documentos en los mismos.
La Resolución citada pone fin a la via administrativa y es inmediatamente ejecutiva,
de acuerdo con los dispuesto en el articulo 90.3 de la ley 39/2015, de 1 octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que de
conformidad con la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, el pago de la
sanción podrá realizarse de la siguiente forma:
Transferencia bancaria al número de cuenta de Unicaja ES56 2103 5600 1600 6000
0025, o por Giro Postal, indicando en ambas formas el número de boletín y número de
Documento Nacional de Identidad del infractor. Si la denuncia es competencia de la DGT,
deberá esperar a ser notificado por la Jefatura Provincial de Tráfico de Almería, antes de
proceder al pago.
Se le indica que en caso de no proceder al pago voluntario de la sanción en el lugar
indicado, se procederá a su exaccion por la vía de apremio. Contra la presente
resolución puede Ud. interponer:
a) Recurso de reposición con carácter potestativo.
La presente resolución pone fin a la via administrativa y podrá ser recurrida
potestativamente en reposicion ante la Alcaldia del Mojacar (Almería). El Plazo para
interponer el recurso será de un mes, contando desde la fecha de notificación de la
resolución, en tal caso, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hata que
aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se
notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará
expedita la vía contencioso-administrativo.

cve: BOE-N-2025-f6440ae9619a2311f77cf37591f78852456e85ea
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 66