Administración Local. Guadalajara. Ayuntamiento De Azuqueca De Henares. (BOE-N-2025-196935)
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimientos de bajas por inscripción indebida en el Padrón de Habitantes (varios expedientes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GUADALAJARA
AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimientos de bajas por
inscripción indebida en el Padrón de Habitantes (varios expedientes.
ID: N2500195379
No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de
conformidad con el artículo nº 44 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la notificación de los decretos
de la Alcaldía que se indican, en los que se resuelve dar de baja por inscripción indebida
en el Padrón Municipal de Habitantes a las personas cuyos documentos de identidad se
relacionan a continuación, pudiendo acceder a sus respectivos decretos a través de la
sede electrónica desde la página web www.azuqueca.es:
Decreto
Fecha Decreto Expediente
Y1193579P 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y5149088T 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y6408470V 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y0367184A 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y0369422X 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y6408462D 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
En relación a esta resolución podrán interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde la
recepción de la notificación o de su publicación, en su caso, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Guadalajara.
Siglas Menor Doc. Identidad del Tutor/a Decreto
O.R.I.T.
X6499208Y
Fecha Decreto Expediente
2025-0686 25/02/2025
3252/2025
En relación a ésta resolución, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se le advierte de que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la
interposición de recursos contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los
actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen
la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio
irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que
cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los
artículos 47 y 48 de la citada Ley. El plazo para interponer recurso potestativo de
reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de
cve: BOE-N-2025-9a49a33ae9680f1f9a6c863c98ea506cd11351bd
Verificable en https://www.boe.es
NIE
Núm. 66
Martes 18 de marzo de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
GUADALAJARA
AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
Anuncio de notificación de 13 de marzo de 2025 en procedimientos de bajas por
inscripción indebida en el Padrón de Habitantes (varios expedientes.
ID: N2500195379
No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de
conformidad con el artículo nº 44 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la notificación de los decretos
de la Alcaldía que se indican, en los que se resuelve dar de baja por inscripción indebida
en el Padrón Municipal de Habitantes a las personas cuyos documentos de identidad se
relacionan a continuación, pudiendo acceder a sus respectivos decretos a través de la
sede electrónica desde la página web www.azuqueca.es:
Decreto
Fecha Decreto Expediente
Y1193579P 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y5149088T 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y6408470V 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y0367184A 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y0369422X 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
Y6408462D 2025-0713 26/02/2025
19542/2024
En relación a esta resolución podrán interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde la
recepción de la notificación o de su publicación, en su caso, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Guadalajara.
Siglas Menor Doc. Identidad del Tutor/a Decreto
O.R.I.T.
X6499208Y
Fecha Decreto Expediente
2025-0686 25/02/2025
3252/2025
En relación a ésta resolución, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se le advierte de que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la
interposición de recursos contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los
actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen
la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio
irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que
cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los
artículos 47 y 48 de la citada Ley. El plazo para interponer recurso potestativo de
reposición será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la
presente notificación. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de
cve: BOE-N-2025-9a49a33ae9680f1f9a6c863c98ea506cd11351bd
Verificable en https://www.boe.es
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